Resolución de 13 de junio de 2007, de la Subsecretaría, por la que se dispone la inscripción de la «Fundación + Árboles» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente.

MarginalBOE-A-2007-13086
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

Visto el expediente de inscripción de la Fundación + Árboles en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, en el que consta:

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación fue constituida en Alcaraz, el 3 de abril de 2007, por la entidad mercantil «Maderas Nobles de la Sierra de Segura, SA», actuando representada por don Juan Segarra Font, según consta en la escritura pública número 475 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Albacete don Antonio Cortés García.

Segundo. Domicilio y ámbito territorial de actuación.-El domicilio de la Fundación se establece en la calle Jardines, 6, bajos, del municipio de Riópar (Albacete); y su ámbito de actuación comprenderá todo el territorio del Estado español.

Tercero. Fines.-La Fundación, según el artículo 3 de sus Estatutos, surge ante la necesidad de crear una nueva cultura del árbol que sea capaz de dar respuesta a los problemas ambientales generados por el cambio climático, teniendo como fines, entre otros: concienciar sobre los problemas ambientales derivados del cambio climático; ser instrumento colaborador, inductor y ejecutor de plantaciones de árboles; apoyar y difundir las prácticas de permacultura; establecer lazos de colaboración con organizaciones del tercer mundo que quieran diseñar su futuro en base a la sostenibilidad social y económica; difundir la importancia de que las empresas adquieran criterios de responsabilidad social; y promover el conocimiento de la relación del árbol con la regulación, generación de lluvias y captación de agua, para que la sociedad apoye masivamente las plantaciones de arbolado.

Cuarto. Dotación.-La Fundación se constituye con una dotación inicial de treinta mil euros (30.000 €), de los que se han desembolsado siete mil quinientos (7.500 €), lo que supone el 25 %, debiendo aportarse la parte no desembolsada de la dotación fundacional en un plazo no superior a cinco años, contados desde el otorgamiento de la escritura pública de constitución de la fundación.

Quinto. Patronato.-El gobierno de la Fundación se confía a un Patronato, cuyos miembros desempeñan el cargo de modo gratuito. Las normas sobre la composición, el nombramiento y la renovación del Patronato constan en los Estatutos.

El Patronato inicial queda constituido por las siguientes personas: don Vicente-Javier Sánchez Pico, Presidente; don Juan Segarra Font, Secretario; don Aurelio Carrilero Parreño; don Óscar Castro González; don Javier Montalvo Rodríguez; don...

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