Orden EDU/903/2010, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas de los subprogramas integrantes del Programa Campus de Excelencia Internacional y se establece el procedimiento para otorgar la calificación de Campus de Excelencia Internacional y para suscribir convenios con las Comunidades Autónomas en el ámbito de este Programa.

MarginalBOE-A-2010-5932
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

El Programa Campus de Excelencia Internacional busca mejorar la calidad de nuestras universidades y conducir hasta la excelencia a los mejores campus en beneficio del conjunto de la sociedad, mediante la agregación, la especialización, la diferenciación y la internacionalización del sistema universitario español.

El Programa Campus de Excelencia Internacional nació en 2008 con una primera etapa de preparación de las universidades. La primera convocatoria en concurrencia competitiva fue regulada en la Orden PRE/1996/2009, de 20 de julio. En esta convocatoria participaron el 84% de universidades públicas y una gran parte de las privadas, que decidieron formar parte de la apuesta del Gobierno por modernizar la universidad española y efectuar un ejercicio de planificación estratégica del conjunto de la agregación de cada proyecto.

La experiencia adquirida después de la convocatoria de 2009 aconseja la introducción de algunos cambios en el Programa Campus de Excelencia Internacional de cara a la convocatoria de 2010, al objeto de reforzar algunos aspectos cuya importancia se ha hecho evidente. Es el caso de las agregaciones estratégicas como medio para conseguir la excelencia y relevancia internacional, la política de atracción e incentivación del talento emprendida por las universidades, la constitución de Escuelas de Doctorado y Escuelas de Posgrado internacionales e interuniversitarias, con programas conjuntos de investigación, o a la participación del sistema universitario en un nuevo modelo de economía sostenible.

También se ha estimado conveniente fomentar la colaboración interministerial en este programa, por su elevada relevancia económica y social: Por un lado, continúa la colaboración entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Ciencia e Innovación, que desarrollará sus ayudas a través de su propia Orden de Bases, conexa a ésta. Por otro lado, el Ministerio de Educación contará con la colaboración de otros ministerios y organismos que participarán a través de subprogramas, según se regula en esta Orden.

La nueva regulación del programa que se establece en la presente Orden ministerial sigue manteniendo como principal objetivo la selección de los mejores proyectos presentados por las universidades españolas, como coordinadoras de los mismos, para la conversión de sus campus en Campus de Excelencia Internacional, con la finalidad de financiar la realización de estos proyectos y que puedan ser llevados a la práctica mediante la participación de las Comunidades Autónomas. Esta selección se realiza en una primera fase mediante el procedimiento regulado en el Subprograma de Excelencia, que constituye el eje del programa, en el que se eligen a los proyectos que podrán pasar a la segunda fase y ser presentados ante una Comisión Internacional, y se les otorga una ayuda para preparar esa presentación. En la segunda fase, regulada en el capítulo III de esta orden, previo informe por la Comisión Internacional de los proyectos presentados, se eligen a los que obtendrán la calificación de Campus de Excelencia Internacional y la financiación para su puesta en práctica.

Como complemento a ese eje básico del Programa Campus de Excelencia Internacional se han establecido en la presente Orden ministerial otros dos subprogramas, el de Fortalecimiento y el Interministerial de Modernización, que, en términos generales, buscan reforzar la financiación de los mejores proyectos presentados en cada convocatoria, mediante ayudas concedidas para la realización de aspectos parciales de los mismos que destaquen por su calidad.

El paso a una sociedad del conocimiento exige cambios en la Universidad y nuevos enfoques en la educación, la investigación y la colaboración con el tejido social y empresarial. La evidencia acerca de la influencia favorable que los buenos sistemas de educación superior ejercen sobre la prosperidad económica es difícil de cuestionar. Un estudio detallado del comportamiento de aquellas economías que se consideran casos de éxito en su comportamiento global, aporta como factor común la complicidad entre las universidades y la extensión de la modernización de su patrón de crecimiento y de sus instituciones.

Esta imprescindible modernización de la Universidad ha de basarse en la promoción de la excelencia en formación e investigación, de la internacionalización del sistema universitario y de su implicación en las demandas sociales, el cambio del modelo económico basado en el conocimiento y en la mejora de la innovación.

Las universidades españolas afrontan el reto de llevar a cabo la Agenda Europea para la Modernización de la Universidad (2006) mediante un modelo propio, la Estrategia Universidad 2015 (EU2015). Esta estrategia busca, en el horizonte de 2015, combinar adecuadamente la necesaria autonomía universitaria, la mejora de su personal docente, investigador y de administración y servicios, el aumento de su competitividad e internacionalización y de su liderazgo académico, el desarrollo de un modelo de eficiencia y eficacia en la gestión, y la exigencia de rendir cuentas sobre el desarrollo de sus funciones.

Una pieza clave en esta estrategia de modernización de la Universidad lo constituye el Programa Campus de Excelencia Internacional. Su objetivo es promover los campus universitarios españoles globalmente más competitivos entre los de más prestigio y referencia internacional, ayudar a todo el sistema universitario español a mejorar la calidad de su oferta y a promover la eficiencia y eficacia docentes e investigadoras mediante la concentración de objetivos y esfuerzos, la especialización y la promoción de agregaciones estratégicas con instituciones, centros de investigación y empresas. Es importante la distinción entre la calidad en las universidades, objetivo que debe alcanzar a todas ellas y que es fundamental como política de Estado, instrumentada a través del Gobierno y de las CC.AA., de la excelencia internacional, cuyo nivel de competencia sólo se puede alcanzar con un plan ambicioso de futuro.

El programa no trata en modo alguno de establecer un escalafón (ranking) de universidades sino de seleccionar los mejores proyectos de los campus para transformarse en un Campus de Excelencia Internacional, y situarse entre los mejores de Europa, así como de contribuir a financiar la realización de los mismos.

La puesta en marcha y ejecución del Programa Campus de Excelencia Internacional implica una actuación coordinada entre el Gobierno, las Comunidades Autónomas, las universidades (en particular a través del Consejo de Universidades) y los agentes sociales y económicos.

Esta orden se dicta en ejercicio de las competencias reconocidas al Estado por el artículo 149.1.30 de la Constitución Española. El artículo 149.1.30 establece la competencia del Estado para dictar normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en materia de educación, ha sido interpretado, entre otras, por las sentencias del Tribunal Constitucional 131/1996, de 11 de julio y 13/1992, de 6 de febrero, que establecen que el Estado, desde la competencia reconocida por el artículo 149.1.30, puede establecer condiciones básicas relativas al profesorado, a la viabilidad económico-financiera, a la calidad de las instalaciones universitarias y la programación general de la enseñanza, y puede consignar subvenciones de fomento cuando esta acción centralizada resulte imprescindible para garantizar una cierta igualdad de los posibles destinatarios en todo el territorio nacional.

Por otra parte, el artículo 31.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que es un fin esencial de la política universitaria la promoción y la garantía de la calidad de las Universidades españolas, para lo que establece como un objetivo la competitividad de las Universidades en el ámbito nacional e internacional. Este objetivo es compartido por la presente Orden ministerial, que fomenta la concurrencia competitiva entre universidades al objeto de financiar a aquellas que contemplen un mejor plan de conversión, una mejor hoja de ruta, a un nivel de excelencia. La centralización de la gestión de las líneas subvencionales recogidas en esta Orden encuentra justificación en la doctrina del Tribunal Constitucional. Por un lado, los programas diseñados presentan un evidente carácter suprautonómico, ya que su finalidad es la promoción de la internacionalización del sistema universitario español en su conjunto, aunque sea mediante el estímulo de la excelencia de cada uno de sus componentes. Por otra parte, sus beneficiarios presentan características heterogéneas en las diferentes Comunidades Autónomas, tanto en Io relativo a su naturaleza jurídica, como a su estructura y dimensiones; estas circunstancias impiden la previa territorialización de los créditos entre las Comunidades Autónomas y exigen la intervención de la Administración General del Estado para garantizar una cierta igualdad de los posibles destinatarios en todo el territorio nacional. Por todo ello, resulta imprescindible una acción centralizada como la que se establece en la presente orden ministerial, que a su vez contempla la participación de las Comunidades Autónomas, como un elemento esencial, para llevar a cabo el proyecto de situar a las universidades españolas más competitivas entre las europeas que obtienen mejores resultados y ostentan un mayor prestigio internacional.

La presente orden ministerial ha sido elaborada con sujeción a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el proceso de elaboración de esta...

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