ORDEN de 21 de julio de 2003, de la Consejería de Cultura, por la que se reconoce, califica y dispone la inscripción en el Registro de Fundaciones Privadas de Carácter Cultural y Artístico, Asociaciones y Entidades Análogas de Andalucía de la 'Fundación Garnata-Medieveo Escrito Andalusí'.

MarginalBOE-A-2003-16729
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyOrden

ORDEN de 21 de julio de 2003, de la ConsejerÃa de Cultura, por la que se reconoce, califica y dispone la inscripción en el Registro de Fundaciones Privadas de Carácter Cultural y ArtÃstico, Asociaciones y Entidades Análogas de AndalucÃa de la "Fundación Garnata-Medieveo Escrito AndalusÃ".

Visto el expediente tramitado en orden al reconocimiento por esta

ConsejerÃa del interés general de la "Fundación Garnata-Medieveo Escrito

AndalusÃ", su calificación como Fundación Cultural, asà como su

correspondiente inscripción,

Esta ConsejerÃa lo resuelve con la decisión que figura al final, a la

que sirven la motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho.

Hechos

  1. o Con fecha 10 de abril de 2003, ante el Notario del Ilustre Colegio

    de Granada, don Luis Rojas Montes, fue otorgada escritura de constitución

    de la denominada "Fundación Garnata-Medieveo Escrito AndalusÃ",

    registrada con el número 1.119 de su protocolo.

  2. o En la escritura de constitución comparecieron, como fundadores,

    D.a Carmen Pérez Callejón, D. José González Pertiñez, D. Emilio Callejas

    HervÃas, D.a Lorena Bex Pérez. En la escritura de constitución, se contempla

    la voluntad de constituir una fundación y la dotación consistente en la

    cantidad de 9.500 euros, ingresada a nombre de la Fundación en entidad de

    crédito y ahorro Bankinter. Además, se incluye la identificación de las

    personas que integren el Patronato, asà como los Estatutos de la Fundación.

    El primer Patronato se encuentra constituido por D.a Carmen Pérez

    Callejón, como Presidenta, D. José González Pertiñez como Secretario, D. Emilio

    Callejas HervÃas y D.a Lorena Bex Pérez como vocales.

  3. o En los Estatutos de la Fundación consta la denominación de la

    entidad, los fines y objetivos de la misma, en particular, a) Promover

    el retorno a AndalucÃa de los bienes patrimoniales y bibliográficos del

    medievo andalusÃ, en árabe y en hebreo, custudiados en el "Fondo

    Hispano-Árabe de la Biblioteca de El Escorial". b) Organizar anualmente

    unas "Jornadas de Investigación y Divulgación" de estos bienes culturales

    bibliográficos. c) La creación de un Premio anual en metálico a la mejor

    traducción y como comentario de autores árabes y hebreos de la Biblioteca

    Escurialense y en otras bibliotecas del mundo del medievo andalusÃ.

    Además, se establece su domicilio en la Cuesta de los Almendros, n.o 1 del

    término municipal de Quéntar, provincia de Granada; su ámbito de

    actuación se...

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