APLICACIÓN Provisional del Canje de Notas, de 7 y 13 de abril de 2006, entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos, sobre la aplicación en España del SOFA OTAN a las tropas participantes en el ejercicio EGEX-06, de la Fuerza de Gendarmería Europea, que tendrá lugar en Madrid del 19 al 28 de abril.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Abril de 2006
MarginalBOE-A-2006-10284
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

APLICACIÓN Provisional del Canje de Notas, de 7 y 13 de abril de 2006, entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos, sobre la aplicación en España del SOFA OTAN a las tropas participantes en el ejercicio EGEX-06, de la Fuerza de Gendarmería Europea, que tendrá lugar en Madrid del 19 al 28 de abril.

Ministerio de Asuntos Exteriores.

Núm. 29/5.

NOTA VERBAL

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España saluda atentamente a la Embajada del Reino de los Países Bajos y tiene el honor de referirse a la cuestión relativa al estatus jurídico del personal participante en el ejercicio EGEX-06, que la Fuerza de Gendarmería Europea, integrada por España, Francia, Italia,

Países Bajos y Portugal, va a realizar en España en abril

de 2006.

  1. El Reino de España tiene a bien comunicar al Reino de los Países Bajos su disposición a manifestar su consentimiento en obligarse a otorgar al personal participante en el ejercicio EGEX-06 las disposiciones del Convenio entre los Estados Partes del Tratado del Atlántico Norte relativo al estatuto de sus Fuerzas, de 19 junio 1951 (después denominado: «SOFA de la OTAN»).

  2. Toda vez que la adopción de este compromiso exige el cumplimiento de una serie de exigencias de orden constitucional y teniendo en cuenta el interés de España por aplicar a la mayor brevedad el contenido del mencionado SOFA de la OTAN, el Reino de España propone al Reino de los Países Bajos que las disposiciones de la presente nota verbal produzcan sus efectos a partir del canje de instrumentos y que entre en vigor a partir del momento en que se reciba la última comunicación por las que las Partes se notifiquen que han cumplido los requisitos legales internos.

Si lo antes expuesto fuese aceptable para el Reino de los Países Bajos, la presente Nota y la Nota de respuesta del Reino de los Países Bajos expresando dicha conformidad constituirán un acuerdo entre los dos Gobiernos, que estará en vigor durante la duración del ejercicio que, en todo caso, no será superior a un periodo de un año.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España aprovecha esta ocasión para reiterar a la Embajada del Reino de los Países Bajos las seguridades de su más alta consideración.

Madrid, 7 de abril de 2006.

Embajada del Reino de los Países Bajos. Madrid.

Ambassade van het Koninkrijk der Nederlanden.

NOTA VERBAL

La Embajada del Reino de los Países Bajos ofrece sus respetos al Ministerio de Asuntos Exteriores y...

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