Real Decreto 3103/1982, de 15 de octubre, por el que se acuerda la enajenación directa de una finca sita en el término municipal de Albalate de las Nogueras (Cuenca) en favor de su ocupante.

MarginalBOE-A-1982-30642
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
BOE.-NÚln.
280 22
noviembre
198:
32037
JUAN CARLOS
R.
DISPONGO.
El
Ministro.
de
Hacienda,
JAIME
GARCIA AJ'¡OVEROS
El
Ministro
de
Hacienda,
JAIME
GARCIA Al'/OV EROS
JUAN CARLOS
R.
JUAN
CARLOS
R.
,....
Dado
en
Madrid
a
quince
de
octubre
de mil novecientos
ochenta
ydos.
30643
REAL
DECRETO
3104/1982,
de 15
de
octubre,
por
el
que
se
acuerdo
lo e1l4jenación
directa
de
parte
de
una
finca
urbana
SIM
en
el
término
municipal
del
Puerto
de
Santo
MorilJ.
Por
auto
del
Juzgado
de
Primera'
InstanCia del
Puerto
de
Santa
Maria
de
fecha
siete
de
diciembre
de
mil novecientos
setenta
ysiete,
el
Eetado
tue
declarado
heredero
abintestato
de
don
Enrique
Romero Ortiz,
entre
cuyos bienes relictos se
halla
la
finca
urbana
.El
Tejar>
de
cuarenta
ydos
mil
novecientos
treinta
y
un
metros
cuadrádos
de
superficie,
sita
en
el
término
municipal
de
Puerto
de
Santa
María
El
Ayuntamiento
de
dicha
ciudad
ha
solicitado le
sean
ven-
didos
directamente
cuatro
mil
quinientOe
metros
cuadrados
del
total
de
la
su~rflcie
de
la
finca
para
su
posterior
donación
al
REAL
DECRETO
3103/1982,'
de
15
de
octubre,
por
el que se
acuerdo
la
enaienación
directo
de
uno
finca
.itosnsi
'érmino
municipal
de
Albalate
de
las
Nogueras
(Cuenca)
en
favor
de
su
ocupante.
Don Indalecio Rulz Crespo
ha
interesado
la
adquisición de
una
finca
urbana
sita
en
el
término
municipal
de AlbaJate de las
Nogueras (Cuenca), calle
San
Juan,
sin número, propiedad
del Estado,
de
la
que
el solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
ciento
cuatro
mil
cuarenta
pesetas
.por
los Servicios Técnicos del Ministerio
de
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
Justifica
hacer
uso
de
la
autoriza·
clón concedida
por
el
articulo
sesenta
ytres
de
la
Ley del Pa-
trimonio
del Estado
de
quince
de
abril
de
mil novecientos se-
sen
ta
y
cuatro.
En
su
virtud, a
propuesta
del Ministro de Hacienda ypre-
via
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dla
quince
de
octubre
de
mil novecientos
ochenta
ydos,
DISPONGO.
El
Ministro
de Hacienda.
JAIME
GARCIA Al'/OVEROS
30642
El
Miqistro
de Hacienda.
JAIME
GARCIA Al'lOVEROS
nicip.l
de
Albalate
de las
Nogueras
(Cuenca), calle
San
Juan,
número
ocho, con
una
superficie
"de
cuarenta
yseis
metros
cua·
drados ylos linderos sigiuentes: D.,
Sabina
Collados:
l.,
Ma-
riano
Racionero, y
F.o
caHe Tercia.
Inscrita
en
el
Registro de
la
Propiedad
de
Priego al tomo
cinco,
libro
uno,
folio
ciento
once,
finca
número
ciento
nueve,
inscripción
primera.
Articulo
segundo.-El
precio
total
de
dicha
enaj€nacién es
el de
ochenta
ynueve
mil
ciento veinte pesetas,
las
cuales de-
berán
ser
ingresadas
en
el Tesoro
por
el
adquirente
en
el plazo
de
quince
dias
a
partir
de
la
noti:icación de
la
adjudicación
por
la
Delegación de
Hacienda
de
Cuenca,
siendo también de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
originados
en
la
tramI·
tación
del
expediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real Decreto. '
Articulo
tercero.-Por
el Ministerio de Hacienda, a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del Estado, se
llevarán
"
cabo los trAmites
conducentes
a1
..
efectividad de
cuanto
.e
dispone
en
el prese",te Real Decreto,
Dado
en
Madrid aquince de
octubre
de
mil
novedento.
ochenta
ydos.
Articulo
prlmero.-De
conformidad con lo dispuesto en el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado de
quince
de
abril
de
mil novecientos
sesenta
y
cuatro,
se acuer-
da
la
enajenación
directa
a
favor
de
don
Indalecio Ruiz Crespo,
con domicilio
en
calle Nueve
de
Octubre,
número
nueve (Va-
.lencla],
de
la
finca
propiedad del Estado
que
acontinuación
se
describe:
Finca
urbana
sita
en
el término municipal de
AI-
balate
de
las
Nogueras
(Cuenca), calle
San
José,
sin.
número.
COD
una
superficie
de
cincuenta
y
tres
coma
noventa
y
un
metros
cuadrados
ylos linderos siguientes:
D.
e
l.,
Francisco Ruiz,
yF., calle Las Nieves.
Inscrita
en
el Registro
de
la
Propiedad
de
Priego al tomo
cinco,
libro
uno,
folio'
ciento
diez,
finca
número
dento
ocho,
inscripción
primera.
Articulo
segundo.-El
precio total
de'
dicha
enajenación es
el
de ciento
cuatro
mil
cuarenta
pesetas,
las
cuales
deberán
ser
Ingresadas en el Tesoro
por
el
adquirente
en el plazo de quince
dias a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudicación por
la
Dele·
gación de
Hacienda
de
Cuenca, siendo
también
de
cuenta
del
Interesado todos los gastos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
.del
presente
Real -Decreto.
Articulo
tereero.-'Por
el Ministerio'
de
Hacienda, a
través
de
la'
Dirección
General
del
Patrimonio
del Estado, se
llevarán
a
cabo
los trAmites
conducentes
a
la
eféctlvidad
de
cuanto
se
dIspone
en
el
presente
Real Decreto.
JUAN CARLOS
R.
Articulo
primero.-D..
confOnllldad con lo dispuesto
en
el
articulo
veinticuatro. de
la
Ley del
Patrimonio
se
aoepta
la
do-
nación
al
Estado
por
legado
de
dot'la
Camila
Becet'la González
del
siguiente
Inmueble:
Urbana
..
Prado
radlcante
en
la
ciudad
de
Cangas
dc
Oms
y
sItio
del
Censo,
que
mide
cuarenta
y
cuatro
áreas
ylinda: Nor-
te,
rio
Güet'la y
Fernando
Cortés, hoy
río
Güet'la y
Jesús
Estrada,
Sur,
eslaclón
de
ferrocarril,
herederos
de
Manuel
Bonera y
otros,
hoy
jardln
del.
excelentislmo
Ayuntamiento
de
Cangas
de
Onls y
Amado
Vega, Oeste,
Fernando
Cortés, Alonso
Vega
yotros,
hoy
Maxlmino Blanco, yEste,
herederos
de
Alfonso
Pérez, hoy
Jesús
Estrada
y
finca
del
ferrocarril.
-'
Inscrita
en
el
Registro de
la
Propiedad
de
Cangas
de
Oms
al
follo
ciento
noventa
y
dos
del
tomo'
novecientos veintiuno
del archivo,
libro
trescientos diecinueve del
Ayuntamiento
de
Cangas
de
Onis,
finca
número
cu
.....
nta
y
un
mil ciento cin-
cuenta. y
nueve.
Inscripción
prim-era.
Articulo
segundo.-El
Inmueble mencionado
deberá
Incorpo-
rarse
al
Inventario
General
de
Bienes
del
Estado
una
vez ins-
crito
a
su
nombre
en
el
Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ul-
terior
a(ectación
por
el.
Ministerio
de
Hacienda
al
de Educación
yCiencia.
para
los
servicios
de
construcción
de
un
Colegio
me-
nor
femenino y
campos
de
deportes
del mismo,
dependientes
de
este
último
Departamento.
Articulo
tercero
-Por
el
Ministerio
de
Hacienda, ...
través
de
la'
D~cción
General
del
p"trimonio
del Estado, se
llevarán
acabo los' trll.mites necesarios
para
la
efectividad de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid
a
quince
c;ie
octubre
de
mil
T'lovecientos
ochenta
ydos.
REAL
DECRETO
3101/1962,
de
15
.de
octubre,
por
el
que
se
acepto
la
donación
al
Estodo
por
legado
de
dolla
Camilo
Becella
González
de
un
.olor
de
4.400
metros
cundrados,
.ito
en
el
término
muni-
cipal
de
Congas
de
Oni.
(Oviedo).
con
destino
o
la
construcción
de
un
edificio
para
Coleg~o
menor
femenino
ycampos:
de
deportf3s
del
mismo.
Por
legado de dot'la
Camila
Becefl&
González
ha
sido ofre-
cido al Estado
un
solar
de'
una
extensión
superficial de
cuatro
mil
cuatrocientos
metros
cuadrados,
sito
en
el
té,mlno
munici-
pal
de
Cangas
de
Onls
(OvIedo), con
destino
a
la
construcción
de
un
edificio
para
Colegio
menor
femenino ycampos de de-
portes
del mismo. -
Por
el
Ministerio
de
Educación y
Ciencia
se considera de
Interés
la
aceptación de
la
donación.
A
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del Consejo
de
Ministros
en
su
'reunlón
del
dla
qUince
de
oc- .
tub
....
de
mil novecientos
ochenta
ydos,
30641
REAL
DECRETO
310211982,
de
15
de
octubre,
por
el
que
se
acuerda
lo
enajenación
directo
de
una
finca
sito
en
el
término
municipal
de
Albalate
de
'!Js
Nogueras
(Cuenco)
en
favor
da
su
ocupante.
Don Máximo
Cañas
y'
Cava
ha
Interesado
la
adquisición
de
una
finca
urbana
sita
en
el
término
municipal
de
Albalate
de
las
Nogueras
(Cuenca),
calle
San
Juan,
número
ocho,
propiedad
del
Estado,
de
la
que
el solicitante es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
eldo
tasada
en
la
cantidad
de
ochenta
y
nueve
mil
ciento
veinte
pesetas
por
los Serylclos Técnicos del Minis-
terio
de
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
justltlcahacer
uso
de
la.
autori-
zación concedida
por
el
articulo
sesenta
r
tres
de
la
Ley del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abrl
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre-
via
deliberación del Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dla
quince
de
octubre
de
mil novecientos
ochenta
ydos,
-
DISPONGO.
Articulo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
.n
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
Y
cuatro,
se
acuerda
la
enajenación
directa
a
fa"or
de
don
MlI.ximo Catlas Cava,
con
domicilio
en
Albalate
de
las
Nogueras
(Cuencal calle
San
Juan,
número
ocho,
de
la
flnc"
propiedad
del
Estado
que
a
continuación
se
describe:
Finca
urbana
,ita
en
el
_término
mu-
30640
cabo
los trAmites necesarios
para
la
efectividad de
cuanto
se
dispone
en
el
pre6ente Real
~creto.
Dado
en
Madrid
a
quince
de octub....
de
mil
novecientos
ochanta
ydos.

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