Corrección de errores de la Orden ECD/1923/2003, de 8 de julio, por la que se establecen los elementos básicos de los documentos de evaluación, de las enseñanzas escolares de régimen general reguladas por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos.

MarginalBOE-A-2003-15892
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyCorrección
BOE núm. 189 Viernes 8 agosto 2003 30685
MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTE
15891
CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 832/2003, de 27 de junio, por el que se establece la ordenación
general y las enseñanzas comunes del Bachillerato.
Advertido error en el Real Decreto 832/2003, de 27 de junio, por el que se establece la ordenación general
y las enseñanzas comunes del Bachillerato, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de 4 de
julio de 2003, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
A continuación del anexo I del Real Decreto 832/2003, de 27 de junio, publicado en las páginas 26044 a
26100, debe insertarse el anexo II siguiente:
«ANEXO II
Horario escolar correspondiente a las enseñanzas comunes para el Bachillerato
Primer curso Horas Segundo curso Horas
Asignaturas Comunes. Educación Física ......................... 35
Filosofía .................................... 70 Historia de la Filosofía y de la Ciencia. 65
Historia de España ...................... 65
Lengua Castellana y Literatura I ..... 105 Lengua Castellana y Literatura II .... 95
Lengua Extranjera I ...................... 105 Lengua Extranjera II ..................... 95
Sociedad, Cultura y Religión .......... 70
Asignaturas de modalidad. Tres asignaturas específicas .......... 210 Tres asignaturas específicas .......... 240
Total. 595 560
De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad
de la Educación, las comunidades autónomas que tengan, junto con la lengua castellana, otra lengua oficial dispondrán
para la organización de las enseñanzas de dicha lengua del 10 por ciento del horario escolar total que se deriva
de este anexo. En todo caso, el horario escolar correspondiente a las enseñanzas comunes de la Lengua Castellana
y Literatura será, como mínimo, de 3 horas semanales para cada curso.»
15892
CORRECCIÓN de errores de la Orden
ECD/1923/2003, de 8 de julio, por la que
se establecen los elementos básicos de los
documentos de evaluación, de las enseñanzas
escolares de régimen general reguladas por
la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciem-
bre, de Calidad de la Educación, así como los
requisitos formales derivados del proceso de
evaluación que son precisos para garantizar
la movilidad de los alumnos.
Padecidos errores en el texto remitido para publica-
ción de la Orden ECD/1923/2003, de 8 de julio, por
la que se establecen los elementos básicos de los docu-
mentos de evaluación, de las enseñanzas escolares de
régimen general reguladas por la Ley Orgánica 10/2002,
de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, así
como los requisitos formales derivados del proceso de
evaluación que son precisos para garantizar la movilidad
de los alumnos, inserta en el B.O.E. núm. 165, de 11
de julio de 2003, se procede a la oportuna corrección
de errores:
En la página 27204, primera columna, la página 35
del libro de escolaridad de la enseñanza básica, corres-
pondiente a «Resultados de la evaluación. Programas
de iniciación profesional», debe sustituirse por la siguien-
te página:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR