Resolución de 19 de septiembre de 1996, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban modelos de certificación de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes a rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, agrícolas y ganaderas, de premios y de notificación a los socios residentes de las imputaciones realizadas por las sociedades en régimen de transparencia fiscal.

MarginalBOE-A-1996-21310
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

El artículo 59.Tres del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el artículo 1.º del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre, dispone que el retenedor u obligado a ingresar a cuenta deberá expedir en favor del sujeto pasivo de dicho Impuesto certificación acreditativa de la retención practicada, o de los ingresos a cuenta efectuados, así como de los restantes datos referentes al sujeto pasivo que deben incluirse en el resumen anual a que se refiere el apartado dos del mencionado artículo, estableciendo asimismo que la citada certificación deberá ponerse a disposición del sujeto pasivo con anterioridad a la apertura del plazo de declaración del impuesto.

Además de constituir la justificación documental acreditativa de la cuantía y procedencia de las rentas a las que se refieren y del importe de las correspondientes retenciones e ingresos a cuenta, las mencionadas certificaciones tienen como finalidad adicional proporcionar a los perceptores la información precisa para cumplimentar correctamente los datos que, en relación con tales rentas, se solicitan en los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, diferenciando tanto la naturaleza de cada una de ellas como su modalidad de percepción, dineraria o en especie.

Este último aspecto cobra especial relevancia en relación con los rendimientos del trabajo, los rendimientos de actividades profesionales y de determinadas actividades empresariales como son las agrícolas y ganaderas, así como en los premios procedentes de juegos, concursos, rifas y combinaciones aleatorias, tanto por el número de sujetos pasivos a los que afecta como por las modificaciones operadas en el régimen de retenciones e ingresos a cuenta aplicable a dichas rentas a raíz de la entrada en vigor de la Ley 18/1991, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y de las normas de desarrollo de la misma.

Por otra parte, el artículo 68.Dos del citado Reglamento impone a las Sociedades a las que resulte de aplicación el régimen de transparencia fiscal el deber de notificar a sus socios residentes las cantidades totales a imputar por los diferentes conceptos enumerados en el apartado uno del mismo artículo 68, así como la imputación individual realizada a cada uno de ellos.

Análogamente a las certificaciones anteriormente aludidas, el contenido de estas notificaciones ha de servir de base a los socios residentes de las Entidades...

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