Decreto 3168/1971, de 9 de diciembre, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas y las de los terrenos inmediatos a las instalaciones radioeléctricas de ayuda a la navegación aérea del aeropuerto de Barcelona.
Marginal | BOE-A-1971-52236 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio del Aire |
Rango de Ley | Decreto |
lí. O.
del
K-NUm.
31'1
29
íliciemlire 1971 213H
2."
El
plazo
de
puesta
en
marcha
será
de
seis
meses,
con-
tados
apattir
de
la
fecha
de
la
presente
resolución.
3."
Se
cumplirá
el
condicionado
establecido
por
el
excelen-
tísimo
Ayuntamiento
de
Córdoba
en
su
asento
de
fecha
17
de
junio
de
1971
(Sección
primera.
Negociado
de
Fomento
y
Urba-
nismo,
número
1.489),
copia
del
cual
ae
adjunta.
4."
La
presente
resolución
deberá
ser
publicada
en
el
"Bole·
tín
Oficial
del
Estado»
y
"Boletin
Oficial»
de
esta
provincia.
S."
Para
el
desarrollo
y
ejecución
de
la
instalación.
el
titu-
lar
de
la
misma
deberá
seguü;
los
trámites
señalados
en
el
capítulo
IV
del
Decreto
2617/1966.
La
Administración
dejará
sin
efecto
la
presente
autorización
en
cualquier
momento
en
que
se
compruebe
el
incumplimiento
de
las
condiciones
impuestas
en
ella
o
por
inexactas
declara
ciones
en
los
datos
que
deben
figurar
en
los
documentos
a
que
se
refieren
las
disposiciones
en
vigor.
Córdoba,
16
de
noviembre
de
1971.-El
Delegado
provincial,
Fernando
Carbonel1.-12.772~C,
RESOLUC10N
de
la
Delegación
provincial de
Ta-
rragona
por
la
que
se
autoriza
'Y
declara
la
utili-
dad
pública
en
concreto de
la
instalación
eléctrica
que
se cita.
Cumplidos
los
trámites
reglamentarios
en
el
expediente
in~
coado
Oil
esta
Delegación
Provincial
a
instancia
de
..
Fuerzas
Eléctricas
de
Cataluña,
S. A....
con
domicilio
en
Barcelona,
plaza
de
Cataluña,
2.
solicitando
autorización
para
la
instala-
ción
y
declaración
de
utilidad
pública,
a
los
efectos
de
la
impo-
sición
de
servidumbre
de
paso,
de
las
instalaciones
eléctricas
cuyas
características
técnicas
principales
son
las
siguientes:
Referencia:
L13!.
Origen
de
la
línea:
Apoyo
número
65
de
la
línea
a
11
kv.
a
estación
transformadora
Regantes
Frías.
Final
de
la
linea:
E.
T,
Mediterránea.
Término
municipal
que
afecta:
Cambrils.
Temión
de
servicio:
11
kv
Longitud
en
kílómetros:
1,240,
Conductor:
Aluminio-acero
de
92,87
mnimetros
cuadhidos
de
sección.
Material
de
apoyos:
Madera
y
castilletes
de
hier,ro.
EstaClón
transformadora:
Tipo:
Intemperie.
Potencia:
100
KVA.
Relación
transformación:
11000/3 x3ao X220
V.
Esta
Delegación
Provincial,
en
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
los
Decretos
2617 y261911966,
de
20
de
octubre;
Ley 10/1966,
de
18
de
marzo;
DeCreto
1775/1967,
de
22
de
julio;
Ley
de
24
de
novjembre
de
1939 y
Reglamento
,de
Lineas
Eléctricas
de
Alta
Tensión
de
.2.1
de
febrero
de
1949
(modificado
por
Orden
minis-
terial
de
:4
de
enero
de
1965),
ha
resuelto:
Autoriz'ar
la
instalación
de
la
línea
solicitada
con
la
E. T.
que
se
cita
y
declarar
la
utilidad
pública
de
la
misma
a
los
efectos
de
la
imposición
de
la
servidumbre
de
paso
en
las
(,(,n-
dicíones,
alcance
ylimitaC'1ones
que
estabhJce
el
Reglamento
de
la
Ley 10/1966.
apr.obado
por
Decreto
2819/1966.
Tarragona,
17
de
noviembre
de
1971,-El
Delegado
provincial,
Sabino
Colavidas
Alfaro.-12.751-C.
MINISTERIO DEL AIRE
DECRETO
3168/1971,
de
9
de
diciembre,
por
el
que
se
mexUñcan
las
servidumbres
aeronáuticas
y
las-
de
los
terrenos
inmediatos
a
las
instalaciones
radio-
elÉctricas
de
ayuda- a
la
navegación
Gérea
del
aero-
puerto
de
Barcelona.
Por
Orden
del
Ministerio
del
Aire,
acordada
en
Consejo
de
Ministros,
número
novecientos
trece/mil
novecientos
sesenta
y
cinco,
de
nueve
de
abril
(
..
Boletín
Oficial
del
Estado
..
número
noventa
y
nueva,
de
veintiséis
de
abril
de
mil
novecientos
se-
senta
y
cinco),
56
confirmó
la
existencia
de
~servidumbres
aéreas
en
torno
al
aero¡juerto
de
Barcelona
y
las
da
sus
instal'l.·
clones
radioeléctricas
de
ayuda
a
la
navegación
aérea,
fundamell·
tándose
tal
confirmación
en
la
legislación
vigente
entonces
en
la
materia.
y
de
acuerdo.
por
un
lado.
con
al
nuevo
Plan
general
del
campo
de
vuelos.
cuya.
con!"lguración
quedaba.
definida
por
las
pistas
cero
dos-veinte
y
cero
siete-veinticinco
existentes
y
por
la
construcción
de
una
nueva
pista
de
vuelo
paralela
a
la
citada
cero
siete-veinticinco,
y,
por
otro,
con
el
conjunto
de
ins-
talaciones
disponibles
o
previstas
para
dicho
aeropuerto.
La
promulgación
del
Decreto
mil
setecientos
uno/mil
novecien·
tos
sesenta
y
ocho.
de
diecisiete
de
julio.
sobre
servidumbres
aeronáuticas.
,
su
necesaria
aplicación,
ha
obligado
al
Minia-
teno
del
Aire
bien
a
modificar
~
características
y
extensión
de
este
tipo
de
servidumbres
existentes
en
aquellos
aeropuertos
y
aeródromos
que,
como
en
el
de
Barcelona,
se
habían
establecido
y
confirmado
de
acuerdo
con
el
Decreto
derogado
de
dos
de
abril
de
mil
novecientos
cincuenta
y
cuatro,
o a
actualizarlas,
porque,
con
posterioridad
a
tal
confirmación.
el
campo
de
vuelos
ha
sufrido
alteraciones
o
ampliaciones
sustanciales
que
obligan
igualmente
a
su
modificación.
Asimismo,
esta
actualización
o
modificación
afecta
también
a
las
servidumbres
de
los
terrenos
inmediatos
a
aquellas
insta-
laciones
radioeléctrioas
que
han
sido
sustituidas
por
otras,
Se
han
montado
de
nueva
planta
o
que
por
necesidades
del
trá-
fico
aéreo
o
la
ampliación
del
campo
de
vuelo
y
sus
instala-
ciones
aeroportuarias
ha
sido
preciso
proyectar,
montar
o
tras·
ladar
a
nuevos
emplazamientos.
La
Ley
cuarenta
y-
ocho/mil
novecientos
sesenta,
de
veintiuno
de
julio.
sobre
navegación
aérea;
al
regular
las
servidumbres
de
los
aeropuertos
y
aeródromos
y
de
las
instalaciones
de
ayuda
a
la
navegación
aérea,
establece
en
el
articulo
cincuenta
y
uno
que
la
naturaleza
y
extensión
de
dichQS
gravámenes
se
determi~
nará
mediante
Decreto
acordado
en
Consejo
de
Ministros.
con-
forme
a
las
disposiciones
vigentes
en
cada
momento
sobre
tales
servidumbres.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
del
Aire
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
tres
de
diciembre
de
mil
novecientos
setenta
y
uno.
D1SPONGO,
Articulo
primero.-De
acuerdo
con
lo
~ispuesto
en
el
artículo
cincuenta
y
uno
de
la
Ley
cuarenta
y
ocho/mil
novecientos
sesenta,
de
veintiuno
de
julio.
sobre
navegación
aérea,
y
de
conformidad
con
lo
estipulado
en
el
articulo
séptimo
del
Decreto
mil
setecientoo
uno/mil
novecientos
sesenta
y
ocho,
de
diecisiete
de
julio,
sobre
servidumbres
aeronáuticas,
y
con'
el
articulo
dé-
cimo
del
Decreto
-de
veintiuno
de
diciembre
de
mil
novecientos
cincuenta
y
seis.
sobre
servidumbres
de
los
terrenos
inmediatos
El.
las
instalaciones
radioeléctricas
de
ayuda
a
la
navegación
aérea,
se
modifican
y,
en
su
caso,
se
actualizan
amb08
tipos
de
servi-
dumbres
en
torno
al
a0ropuerto
de
Barcelona
en
su
nueva
confi-
guración
del
campo
de
vuelo
y
sus
instalaciones
radioeléctricas
correspondientes.
Artículo
segundo.-·
A
efectos
de
aplicación
de
las
servidumbres
indicadas
en
el
artículo
anterior
y
en
cumplimiento
de
lo
que
dísponen
los
articulos
segundo
y
primero,
respectivamente,
del
Decreto
precitado
mil
seteCientos
uno/mil
novecientos
sesenta
y
ocho,
de
diecisiote
de
julio,
el
aeropuerto
de
Barcelona
se
cla-
sifica
como
aeródromo
de
letra
de
clave
..
A...
con
instalaciones
radioeléctricas
de
ayuda
a
la
navegación.
aérea
comprendidas
en
los
grupos
a).
bJ,
el
Y
d)
del
articulo
primero
del
también
precitado
Decreto
de
veintiuno
de
diciembre
de
mil
novecientos
cincuenta
y
seis.
Artículo
tercero,-Para
conocimiento
y
cumplimiento
de
los
Organismos
intél'esados
y
mencionados
en
dichas
disposiciones,
la
Dirección
General
de
Infraestructura
de
la
Subsecretaria
de
Aviación
Civil
del
Ministerio
del
Aire
remitirá
al
Gobierno
Civil
de
la
provincia,
para
su
curso
a
los
Ayuntamientos
afectados,
la
documentación
y
planos
necesarios
descriptivos
de
las
carac-
teristicas'
y
extensión
de
las
referidas
servidumbres
en
su
nueva
configUración.
.
Artículo
cuarto.·-Queda
derogada
la
Orden
del
Ministerio
del
Aire
acordada
en
Consejo
de
Ministros,
número
novecientos
tra-
re!~il
novecientos
sesenta
y
cinco,
de
nueve
de
abril.
Asi
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto.
dado
en
Madrid
a
nueve
de'
diciembre
de
mil
novecientos
setenta
y
uno.
FRANC15CO
FRANCO
El
Ministro
del
Aire
JULIO
SALVADOR
DIAL
BENJUMEA
MINISTERIO DE COMERCIO
DECRETO
3100!1971,
de
2
de
diciembre,
por
el
que
se
concede a
la
firma
..
Productos
Eaton
Ltvia.
S. A
...
,
el
régimen
de
reposición
con
franquicia
arancelaria
para
la
imporlaeron
de
acero aleado
en
barras,
por
exportaciones
previamente
reali-mdas
de
válvu-
las
para
motores
térmicoS",
derog6ndose
el
Decre·
to
número
14211009,
de
5de
febrero
(
..
Boletín
Oficial
del
Estado.. deJ 10).
La
Ley
Rogu1adora
del
Régimen
de
Reposición
con
Franquicia
Arancelaria
de
veinticuatro
de
diciembre
de
mil
novecientos
se-
senta
y
dos
dispone
(¡lJ?,
con
objeto
de
fomentar
las
exportacio-
nes,
pued~
autorizarse
a
las
personas
naturales
o
jurídjcas
que
se
propongan
exportar
productos
transformados.
la
importación
con
franquicia
arancelaria
de
materias
primas,
semielaborada5
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba