Real Decreto 221/2006, de 17 de febrero, por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del Helipuerto Militar de Almagro (Ciudad Real), sus instalaciones radioeléctricas aeronáuticas y de la operación de aeronaves.

MarginalBOE-A-2006-4386
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyReal Decreto

Real Decreto 221/2006, de 17 de febrero, por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del Helipuerto Militar de Almagro (Ciudad Real), sus instalaciones radioeléctricas aeronáuticas y de la operación de aeronaves.

El artículo 51 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, al regular las servidumbres en las bases aéreas y ayudas a la navegación aérea, establece que los terrenos, construcciones e instalaciones que circunden los aeropuertos, aeródromos y ayudas a la navegación estarán sujetos a las servidumbres ya establecidas o que se establezcan en disposiciones especiales referentes al área de maniobra y al espacio aéreo de aproximación.

La Orden 11/2000, de 21 de enero, clasificó como aeródromo militar, entre otras, la instalación aeronáutica de la base permanente de helicópteros del Ejército de Tierra de Almagro (Ciudad Real).

De acuerdo con lo dispuesto en el mencionado artículo 51 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y de conformidad con lo estipulado en el artículo 27 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas y en el Decreto 1844/1975, de 10 de julio, de Servidumbres Aeronáuticas correspondientes a los helipuertos, modificado por el Real Decreto 1541/2003, de 5 de septiembre, es necesario establecer las servidumbres aeronáuticas del Helipuerto Militar de Almagro (Ciudad Real), sus instalaciones radioeléctricas aeronáuticas y de la operación de aeronaves.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de febrero de 2006,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Servidumbres aeronáuticas.

Se establecen las servidumbres aeronáuticas del Helipuerto Militar de Almagro (Ciudad Real), de sus instalaciones radioeléctricas aeronáuticas y de la operación de aeronaves.

Artículo 2 Clasificación.

El Helipuerto Militar de Almagro (Ciudad Real), por la longitud básica de la pista de vuelo y a los efectos de la aplicación de las servidumbres indicadas en el artículo anterior y en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1844/1975, de 10 de julio, de Servidumbres Aeronáuticas correspondientes a los helipuertos, se clasifica como categoría «A».

Artículo 3 Coordenadas y características.

Las coordenadas del punto de referencia, el área de aterrizaje y despegue y las instalaciones radioeléctricas del Helipuerto Militar de Almagro (Ciudad Real), utilizando coordenadas geográficas WGS-84 basadas en el meridiano de Greenwich, así como las elevaciones en metros sobre el nivel medio del mar en Alicante, son las que a continuación se definen:

  1. Punto de referencia: es el determinado por las siguientes coordenadas geográficas: latitud norte, 38º 57' 12,36''. Longitud oeste, 03.º 44' 28,90''. Elevación, 621,836 metros.

  2. Área de aterrizaje y despegue: el helipuerto dispone de tres plataformas o zonas de contacto (TLOF) de dimensiones 51 x 51 metros. El área de aterrizaje y despegue (FATO), denominado 09-27, incluye las zonas de contacto. Está definido por el punto medio de sus umbrales y tiene una longitud total entre los mismos de 481,87 metros:

    1. Umbral 09: latitud norte, 38º 57' 11,856''. Longitud oeste, 03.º 44' 38,893''. Elevación, 621,836 metros.

    2. Umbral 27: latitud norte, 38º 57' 12,836''. Longitud oeste, 03.º 44' 18,920''. Elevación, 621,062 metros.

  3. Instalaciones radioeléctricas: son las que a continuación se relacionan, con indicación de la situación de sus puntos de referencia:

    1. MW: latitud norte, 38.º 56' 59,112''. Longitud oeste, 03.º 44' 33,801''. Elevación (Altitud ortométrica), 644,910 metros.

    2. EMISORES UHF: latitud norte, 38º 57' 02,385''. Longitud oeste, 3.º 44' 10,460''. Elevación (Altitud ortométrica), 636,812 metros.

    3. EMISORES VHF: latitud norte, 38º 57' 02,416''. Longitud oeste, 3.º 44' 09,937''. Elevación (Altitud ortométrica), 636,783 metros.

    4. TWR (RECEPTORES): latitud norte, 38º 57' 05,926''. Longitud oeste, 03.º 44' 27,773''. Elevación (Altitud ortométrica), 646,474 metros.

    5. NDB: latitud norte, 38º 57' 09,925. Longitud oeste 3.º 45' 17,035''. Elevación (Altitud ortométrica), 631,081 metros.

    6. ANTENA EA (UHF/VHF Y MW): latitud norte, 38.º 56' 53, 808. Longitud oeste, 3.º 44' 34,219''. Elevación (Altitud ortométrica), 643,313 metros.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Publicidad y difusión.

El Ministerio de Defensa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas, remitirá a la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, para conocimiento y cumplimiento por los organismos provinciales y municipales afectados, la documentación y planos descriptivos de las referidas servidumbres.

Disposición adicional segunda Limitaciones, inspección y vigilancia.

Los organismos de la Administración General del Estado, así como los de cualquiera de las restantes Administraciones públicas, de acuerdo con lo indicado en el artículo 29 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, no podrán autorizar construcciones, instalaciones o plantaciones en los espacios y zonas señaladas sin previa resolución favorable del Ministro de Defensa, al que corresponden, además, las facultades de inspección y vigilancia en relación exclusiva al cumplimiento de las resoluciones adoptadas en cada caso concreto.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

Queda derogada cualquier disposición de igual o inferior rango en cuanto se oponga a lo establecido en este real decreto.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 17 de febrero de 2006.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Defensa,

JOSÉ BONO MARTÍNEZ

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR