Real Decreto 2190/1982, de 24 de julio, por el que se modifica el artículo séptimo, punto uno, del Real Decreto 545/1981, de 8 de mayo, que estableció la estructura de la Subsecretaría de Pesca Marítima.

Fecha de Entrada en Vigor27 de Septiembre de 1982
MarginalBOE-A-1982-22553
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyReal Decreto

Por Real Decreto ochocientos cuarenta y cinco/mil novecientos ochenta y uno, de ocho de mayo, se modificó la estructura orgánica de la Subsecretaría de Pesca Marítima, habiéndose observado que la redacción dada al artículo séptimo, punto uno, del citado Real Decreto, referente al Servicio de Inspección y Vigilancia Pesqueras podría inducir a error a la vista de lo establecido en la Ley veintiocho/mil novecientos sesenta y nueve, de veintiséis de abril, sobre costas y disposiciones concordantes.

En su virtud, de conformidad con la Presidencia del Gobierno, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión de veintitrés de julio de mil novecientos ochenta y dos, dispongo:

Artículo único El punto uno del artículo séptimo del Real Decreto ochocientos cuarenta y cinco/mil novecientos ochenta y uno, de ocho de mayo, que modificó la estructura orgánica de la Subsecretaría de Pesca Marítima, queda sin efecto y en su lugar figurará la siguiente redacción:

Dado en Madrid a veinticuatro de julio de mil novecientos ochenta y dos.- JUAN CARLOS R.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, José Luis Alvarez Alvarez.

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