Sentencia de 5 de abril de 2017, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso interpuesto contra el Real Decreto 920/2014, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva, y anula el artículo 12 y demás preceptos concordantes del citado Real Decreto en cuanto afecta a las competencias ejecutivas en materia de comunicaciones electrónicas de la Generalidad de Cataluña, así como la Resolución de la Entidad Pública Empresarial Red.es, de 7 de noviembre de 2014, en lo que concierne a las competencias ejecutivas en materia de comunicaciones electrónicas de la Generalidad de Cataluña.
Marginal | BOE-A-2017-6513 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Tribunal Supremo |
Rango de Ley | Sentencia |
En el recurso contencioso-administrativo número 1/182/2015, promovido por la Generalidad de Cataluña contra el Real Decreto 920/2014, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 5 de abril de 2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Primero.
Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Generalidad de Cataluña contra el Real Decreto 920/2014, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva.
Anular el artículo 12 del Real Decreto impugnado, por el que «se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva» y demás preceptos concordantes, en cuanto afecta a las competencias ejecutivas en materia de comunicaciones electrónicas de la Generalidad de Cataluña.
Segundo.
Anular la Resolución de la Entidad Pública Empresarial Red.es, de 7 de noviembre de 2014, en lo que concierne a las competencias ejecutivas en materia de comunicaciones electrónicas de la Generalidad de Cataluña.
En el supuesto de que concurran causas de imposibilidad material o legal de llevar a efecto lo decidido en el fallo en lo que se refiere a las subvenciones ya...
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