Sentencia de 10 de julio de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 83/2018 contra el Real Decreto 1072/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento general del régimen sancionador tributario, aprobado por el Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre.
Marginal | BOE-A-2019-13353 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Tribunal Supremo |
Rango de Ley | Sentencia |
En el recurso contencioso-administrativo número 83/2018, promovido por la Asociación Española de Asesores Fiscales contra el Real Decreto 1072/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento general del régimen sancionador tributario, aprobado por el Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 10 de julio de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
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Estimar en parte el recurso contencioso administrativo núm. 83/2018, interpuesto por Asociación Española de Asesores Fiscales contra el Real Decreto 1072/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento general del régimen sancionador tributario, aprobado por el Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre.
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Declarar nulo el apartado nueve del artículo único del Real Decreto 1072/2017 y, en consecuencia, el apartado 4 del artículo 25 del Reglamento general del régimen sancionador tributario, aprobado por el Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, precepto que declaramos nulo y sin efecto. Desestimamos el resto de pretensiones de la parte actora.
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Ordenar la publicación de esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado» una vez sea firme.
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No hacer especial imposición de las costas del presente recurso a ninguna de las partes en los términos previstos en el último fundamento.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–Nicolás Maurandi Guillén.–José Díaz Delgado.–Ángel Aguallo Avilés.–José Antonio Montero...
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