Orden de 25 de febrero de 1985 por la que se establece el procedimiento a seguir en la revisión de las condiciones económicas aplicables a los Conciertos para la asistencia sanitaria prestada con medios ajenos al Instituto Nacional de la Salud.
Marginal | BOE-A-1985-3354 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Sanidad y Consumo |
Rango de Ley | Orden |
LAS ORDENES MINISTERIALES DE 25 DE MAYO DE 1983 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" NUMERO 130, DE 1 DE JUNIO) , CORREGIDA POR LA DE 20 DE JUNIO DEL MISMO AÑO, ASI COMO LA DE 31 DE JULIO DE 1984 ("BLETIN OFICIAL DEL ESTADO" NUMERO 194, DE 14 DE AGOSTO) AUTORIZABAN LA REVISION DE LAS CONDICIONES ECONOMICAS APLICABLES A LOS CONCIERTOS PARA LA ASISTENCIA SANITARIA PRESTADA CON MEDIOS AJENOS AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD Y , ASIMISMO , A ESTABLECER CUANTAS INSTRUCCIONES SEAN NECESARIAS PARA SU CUMPLIMIENTO, SIN PERJUICIO DE LAS COMPETENCIAS ATRIBUIDAS A LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS Y DE PLANIFICACION SANITARIA DE ESTE DEPARTAMENTO. LA EXPERIENCIA HA PUESTO DE MANIFIESTO QUE LA RESOLUCION DE ESTOS EXPEDIENTES SUFRE INNECESARIOS RETRASOS POR LA COMPLEJIDAD DEL PROCEDIMIENTO.
LA PRESENTE ORDEN PRETENDE RESOLVER ESTAS DIFICULTADES DE TRAMITACION MANTENIENDO LAS GARANTIAS FORMALES QUE EMANAN DE DISPOSICIONES DE DISTINTO RANGO, CON ESPECIAL REFERENCIA AL ARTICULO 209 DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE 30 DE MAYO DE 1974.
EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO DISPONE:
-
CORRESPONDE AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, PREVIA FISCALIZACION POR LA INTERVENCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, RESOLVER LA REVISION DE LAS CONDICIONES ECONOMICAS APLICABLES A LA ASISTENCIA SANITARIA PRESTADA CON MEDIOS AJENOS, DENTRO DE LOS LIMITES DE LAS TARIFAS FIJADOS POR...
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