Orden PRE/2037/2010, de 26 de julio, por la que se crea el Comité de Seguimiento del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico.

MarginalBOE-A-2010-12139
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, por el que se desarrolla la regulación del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico, ha creado una Comisión Interministerial que tiene como finalidad velar por el correcto cumplimiento de las condiciones en que deben ejecutarse las tareas asignadas a la Sociedad Gestora del Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico.

La misma norma establece en su artículo 18 que dicha comisión podrá delegar parte de sus funciones en un Comité de Seguimiento que se creará mediante orden ministerial a propuesta conjunta del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y del Ministerio de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria Turismo y Comercio y de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, con la aprobación previa de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, dispongo:

Artículo 1 Creación, naturaleza y adscripción del Comité de Seguimiento.
  1. Se crea el Comité de Seguimiento del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico previsto en el artículo 18 del Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, por el que se desarrolla la regulación del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico.

  2. Dicho comité se integra administrativamente en la Comisión Interministerial creada por el Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, de la que tendrá dependencia jerárquica.

  3. El régimen jurídico y funcionamiento del Comité de Seguimiento se ajustará a las normas contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 2 Composición.
  1. Son miembros del Comité de Seguimiento:

    1. La Directora General del Tesoro y Política Financiera, que ostentará la presidencia.

    2. El Director General de Política Energética y Minas.

    3. El Subdirector General de Energía Eléctrica.

    4. El Subdirector General de Análisis Financiero y Estratégico, que ostentará la secretaría.

    5. El Subdirector General de Financiación y Gestión de la Deuda Pública.

      El Comité estará integrado, además, por:

    6. ...

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