Resolución de 18 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se anuncia convocatoria pública para proveer puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2005-14015
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se anuncia convocatoria pública para proveer puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 52 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado (B.O.E. de 10 de abril de 1995),

Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo en la relación de puestos de trabajo aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones.

Segunda.Los interesados dirigirán su solicitud a la Subsecretaría del Departamento (Subdirección General de Personal e Inspección), C/ Amador de los Ríos, 7, 28010 Madrid, en el modelo de instancia publicado como anexo II de la presente Resolución.

Tercera.El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta.Los aspirantes acompañarán a la solicitud el currículum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Quinta.Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción...

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