Resolución de 20 de marzo de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se modifican los modelos de impresos de personal laboral y los establecidos para comunicación de la resolución de reconocimiento o convalidación de trienios y las anotaciones sobre sanciones al Registro Central de Personal.

MarginalBOE-A-2014-3374
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

Las modificaciones de la normativa sobre gestión de personal y la evolución de las necesidades de la misma, hacen necesario incorporar determinados cambios en los modelos de impresos para inscripción y anotación en el Registro Central de Personal, que se detallan a continuación:

El artículo 8 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (BOE del 7), modifica el artículo 22 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, estableciendo el sistema de clasificación profesional de los trabajadores en Grupos Profesionales.

Esta nueva estructura de clasificación profesional se establecerá mediante la negociación colectiva o, en su defecto, mediante acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. El grupo profesional podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador.

Esto implica que cada Convenio Colectivo, manteniendo la estructura en Grupos profesionales, podrá establecer una forma distinta de articulación.

Los modelos de impresos registrales de personal laboral actualmente vigentes contienen referencias a la clasificación profesional basadas en grupo profesional, área funcional, especialidad y categoría.

Dado el margen de definición de las estructuras de la clasificación profesional, se hace necesario modificar los modelos de impresos registrales de personal laboral para dar mayor flexibilidad al contenido de la descripción del puesto de trabajo, de forma que se pueda informar de los datos más relevantes que identifiquen el puesto o contenido de la actividad del trabajador.

Por otra parte, y según los artículos 13.1.a) 10 y 13.1.b) 5 del Reglamento del Registro Central de Personal modificado por Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre (BOE de 18 de enero de 2000), en dicho Registro se deben anotar los trienios reconocidos. Sin embargo, en los casos de movilidad interadministrativa, los trienios cumplidos en otra Administración Pública no se anotan en el Registro Central de Personal, lo que dificulta a los centros gestores de personal el cómputo y la previsión en la gestión de los trienios.

En consecuencia, se hace necesario modificar los modelos de impresos F8R y L5R y sus correspondientes modelos para el personal de Universidades, F8R y LD10R para que cuando un empleado público se incorpore a la Administración General del Estado...

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