Corrección de errores de la Resolución de 9 de abril de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de abril de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de Policlorobifenilos (PCB), Policloroterfenilos (PCT) y Aparatos que los Contengan (2001-2010).

MarginalBOE-A-2001-8868
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyCorrección

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 9 de abril de 2001, de la SecretarÃa General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de abril de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de Policlorobifenilos (PCB), Policloroterfenilos (PCT) y Aparatos que los Contengan (2001-2010).

Advertido error por omisión en el texto de la Resolución de 9 de abril de 2001, de la SecretarÃa General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de abril de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de Policlorobifenilos (PCB), Policloroterfenilos (PCT) y Aparatos que los Contengan (2001-2010), inserto en el «BoletÃn Oficial del Estado» número 93, de 18 de abril de 2001, se transcriben a continuación los párrafos omitidos:

En la página 14078, punto 2.3, columna derecha, párrafo sexto, donde dice: «La capacidad máxima de descontaminación de las instalaciones actualmente disponibles en España es de unas 9.000 Tm/año, distribuidas en siete empresas autorizadas, cuyas plantas se encuentran ubicadas en las Comunidades Autónomas de Asturias, AndalucÃa, Castilla y León, Cataluña y Murcia», debe decir: «La capacidad máxima de descontaminación de las instalaciones actualmente disponibles en España es de unas 9.000 Tm/año, distribuidas en siete empresas autorizadas, cuyas plantas se encuentran ubicadas en las Comunidades Autónomas de Asturias, AndalucÃa, Castilla y León, Cataluña, Murcia y PaÃs Vasco».

En la página 14085, al final del apartado 8 del anejo 1, se añade lo siguiente:

Según el apartado 2 del artÃculo 3 del Real Decreto 1378/1999, la obligación de descontaminar o eliminar antes del 1 de enero del año 2011 afecta a los aparatos con un volumen de PCB superior a 5 dm', con la excepción de los transformadores con una concentración en peso igual o inferior a 500 ppm de PCB. En el apartado «a» del punto anterior, en el que se desglosan las cantidades del inventario, esta excepción se aplica a todos los aparatos, pero como la cantidad de condensadores en esta situación es pequeña comparada con el número de transformadores, y teniendo en cuenta que los datos de base del presente...

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