Ley 7/1979, de 2 de octubre, sobre concesión de un crédito extraordinario de 1.685.937.007 pesetas para satisfacer obligaciones pendientes de la Comisaria general de abastecimientos y Transportes.

MarginalBOE-A-1979-23759
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

Don Juan Carlos i, rey de españa

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortés generales han aprobado y yo Vengo en sancionar la siguiente ley:

Artículo primero

Se convalidan los acuerdos del consejo de ministros de treinta de diciembre de mil novecientos setenta y séis, dieciocho de febrero de mil novecientos setenta y siete, once de marzo de mil novecientos setenta y siete y trece de mayo de mil novecientos setenta y siete.

Artículo segundo

Se concede un crédito extraordinario de mil seiscientos ochenta y cinco millones novecientas treinta y siete mil siete pesetas al Presupuesto en vigor de la sección veintidós, "Ministerio de Comercio y turismo"; Servicio cero dos, "subsecretaría de Mercado interio" capítulo cuatro, "transferencias corrientes"; artículo cuarenta y cinco, "a organismos autónomos de carácter comercial, industrial y financiero" concepto cuatrocientos cincuenta y dos, "subvención a la comisaría general de abastecimientos y Transportes para satisfacer obligaciones pendientes de sus operaciones comerciales".

Artículo tercero

El crédito extraordinario que se solícita se financiará con anticipos a facilitar por el Banco de España al tesoro público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar está ley.

Palacio Real de Madrid, a dos de octubre de mil novecientos setenta y nueve.

Juan Carlos r.

El Presidente del Gobierno,

Adolfo Suárez gonzalez

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