Resolución de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de agosto de 2010 por el que se aprueba el Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino para el periodo 2010/2018, que será objeto de revisión en el año 2013, con efecto a partir del 2014, en base al escenario presupuestario en esa fecha.

MarginalBOE-A-2010-18103
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros, en su reunión de 20 de agosto de 2010 a propuesta del Ministro de Fomento, previo sometimiento a la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo celebrada el 27 de julio de 2010, adoptó el Acuerdo que figura como anexo a esta Resolución, por el que se aprueba el Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino, para el periodo 2010/2018, que será objeto de revisión en el año 2013, con efecto a partir del 2014, en base al escenario presupuestario en esa fecha, cuya publicación en el «Boletín Oficial del Estado» dispongo.

Madrid, 5 de octubre de 2010.–La Directora General de la Marina Mercante, María Isabel Durántez Gil.

ANEXO

Acuerdo por el que se aprueba el Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino para el periodo 2010/2018, que será objeto de revisión en el año 2013, con efecto a partir del 2014, en base al escenario presupuestario en esa fecha

El artículo 87 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, establece que el salvamento de la vida humana en la mar y la lucha contra la contaminación del medio marino constituye un servicio público, que se prestará por la Administración General del Estado, así como por las restantes Administraciones Públicas competentes, de acuerdo con el principio de coordinación instrumentado a través de los planes y programas correspondientes.

De acuerdo con el artículo citado corresponde al Gobierno, a propuesta del Ministro de Fomento, aprobar el Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino; Plan que deberá cubrir los siguientes objetivos básicos:

Coordinar la actuación de los distintos medios capaces de realizar operaciones de búsqueda, salvamento de vidas humanas y lucha contra la contaminación marina, pertenecientes a las diversas Administraciones Públicas, así como a otras Instituciones públicas y privadas.

Implantar un sistema de control de tráfico marítimo que cubra la totalidad de las costas españolas, mediante el establecimiento de Centros coordinadores regionales y locales.

Potenciar los medios de salvamento y lucha contra la contaminación del medio marino ya existentes.

Formar al personal especializado responsable de la dirección y coordinación de las operaciones de búsqueda...

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