Real Decreto 2017/1980, de 29 de agosto, por el que se prorroga la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de retroexcavadoras con pala frontal cargadora de 50 CV. hasta 150 CV. de potencia útil (P. A. 84.23-A).
Marginal | BOE-A-1980-21633 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Comercio y Turismo |
Rango de Ley | Real Decreto |
EL DECRETO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO, DE TREINTA Y UNO DE MAYO ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE ONCE DE JUNIO), APROBO LA RESOLUCION-TIPO PARA LA FABRICACION MIXTA DE RETROEXCAVADORAS CON PALA FRONTAL CARGADORA DE CINCUENTA CV HASTA CIENTO CINCUENTA CV DE POTENCIA UTIL, CON UNA VIGENCIA DE DOS AÑOS. ESTA RESOLUCION-TIPO HA SIDO MODIFICADA POR DECRETO CIENTO DOCE/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO, DE DIECISEIS DE ENERO ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE CINCO DE FEBRERO); PRORROGA Y MODIFICADA POR REAL DECRETO DOSCIENTOS SESENTA/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO, DE VEINTISIETE DE ENERO ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE TRES DE MARZO), Y PRORROGADA POR REAL DECRETO TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE, DE VEINTISEIS DE ENERO ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE VEINTISEIS DE FEBRERO).
PERSISTIENDO EN LA ACTUALIDAD LAS CIRCUNSTANCIAS QUE MOTIVARON LA APROBACION DE LA CITADA RESOLUCION-TIPO Y ESTANDO PREVISTA LA APROBACION DE ALGUNAS NUEVAS AUTORIZACIONES-PARTICULARES AL AMPARO DE LA MISMA, PROCEDE PRORROGAR NUEVAMENTE EL PLAZO DE VIGENCIA DE DICHA RESOLUCION-TIPO.
EN SU VIRTUD, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE COMERCIO Y TURISMO Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHETA, DISPONGO:
SE PRORROGA, POR UN PLAZO DE DOS AÑOS, A PARTIR DE LA FECHA DE SU CADUCIDAD, LA RESOLUCION-TIPO PARA LA CONSTRUCCION, EN REGIMEN DE FABRICACION MIXTA, DE RETROEXCAVADORAS CON PALA FRONTAL CARGADORA DE CINCUENTA CV HASTA CIENTO CIENCUENTA CV DE POTENCIA UTIL, ESTABLECIDA POR DECRETO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO, DE TREINTA Y UNO DE MAYO, Y MODIFICADA POR DECRETO CIENTO DOCE/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO, DE DIECISEIS DE ENERO, Y REAL DECRETO DOSCIENTOS SETENTA/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO, DE VEINTISIETE DE ENERO.
DADO EN PALMA DE MALLORCA A VEINTINUEVE DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA,- JUAN CARLOS R.-EL MINISTRO DE COMERCIO Y TURISMO, LUIS GAMIR CASARES.
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