ORDEN de 19 de noviembre de 2001 por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido en euros.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Noviembre de 2001
MarginalBOE-A-2001-21953
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 164, apartado uno, número 6 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre ('Boletín Oficial del Estado' del 29), del Impuesto sobre el Valor Añadido, dispone que, sin perjuicio de las peculiaridades establecidas para determinados regímenes especiales, los sujetos pasivos del Impuesto estarán obligados, con los requisitos, límites y condiciones que se determinen reglamentariamente, a presentar una declaración-resumen anual.

El apartado 6 del artículo 71 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el artículo 1 del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre ('Boletín Oficial del Estado' del 31), en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 3422/2000, de 15 de diciembre ('Boletín Oficial del Estado' del 16), establece que la declaración-resumen anual se formulará en el lugar, forma, plazos e impresos que, para cada supuesto, apruebe el Ministro de Hacienda.

Como consecuencia del fin del período transitorio de adaptación al euro se hace necesaria la aprobación mediante Orden ministerial de un nuevo modelo de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido que recoja todos los supuestos de declaración del Impuesto en euros y no sólo, como ocurría anteriormente, aquellos supuestos que afectaban a las sociedades mercantiles.

Esta adecuación al euro supone como principales diferencias respecto del modelo 390 anterior la inclusión de las actividades en régimen simplificado, así como la incorporación del apartado correspondiente a la declaración conjunta por ser dicha modalidad de declaración de aplicación a estos sujetos pasivos.

Por otro lado, se pretende unificar en una sola Orden ministerial la aprobación del modelo utilizable y la aprobación del lugar, plazos y forma de presentación de la declaración-resumen anual derogándose, en consecuencia, la Orden de 23 de octubre de 1998 ('Boletín Oficial del Estado' del 30), por la que se aprueba el modelo 390 en pesetas; la Orden de 26 de noviembre de 1999 ('Boletín Oficial del Estado' del 30), por la que se aprueban los modelos 390 y 392 en euros, en lo referente al modelo 390 y la Orden de 27 de diciembre de 2000 ('Boletín Oficial del Estado' del 29), por la que se regulan el lugar, plazo y forma de presentación de la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 390 y 392 en pesetas y en euros y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, en lo referente al modelo 390.

En consecuencia, y haciendo uso de las autorizaciones que tengo conferidas, dispongo:

Primero.-Aprobación del modelo 390.

Uno. Se aprueba el modelo 390 'Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido en euros' que figura en el anexo I de la presente Orden.

Este modelo será presentado por los sujetos pasivos del Impuesto obligados a la presentación de declaraciones periódicas, incluidos los sujetos pasivos autorizados a la presentación conjunta de las declaraciones-liquidaciones, según lo dispuesto en el artículo 71.5 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Quedarán excluidos de la obligación de presentar este modelo los sujetos pasivos que tengan la consideración de grandes empresas por haber excedido de 6.010.121,04 euros (1.000.000.000 de pesetas) su volumen de operaciones en el año natural inmediatamente anterior, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El modelo 390 se compone de dos ejemplares: Uno para la Administración y otro para el sujeto pasivo. El número de justificante que habrá de figurar en dicho modelo será un número secuencia¡ cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 393.

Serán igualmente válidas las declaraciones-resumen anual que, ajustándose a los contenidos del modelo aprobado en la presente Orden, se realicen con el módulo de impresión en papel blanco que, en su caso y a estos efectos, elabore la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Dos. Se aprueba el modelo de sobre para la declaración-resumen anual del...

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