Reglamento número 11 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos en lo que respecta a las cerraduras y los órganos de fijación en las puertas. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de marzo de 1983 y de 27 de septiembre de 1986). Revisión 1 -En mienda 1 (enmiendas entradas en vigor el 20 de abril de 1986).

MarginalBOE-A-1993-24533
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyReglamento

Revisión 2 - Enmienda 1

Enmiendas* entradas en vigor el 20 de Abril de 1986

Apartado 4.3, léase:

"La homologación, la extensión o la denegación de la homologación de un tipo de vehículo en aplicación del presente Reglamento, se comunicará a las partes en el Acuerdo que apliquen este Reglamento mediante una ficha conforme al modelo previsto en .1 anexo 1 del presente Reglamento".

Apartado 5.1.2, léase:

"5.1.2 Cada cerradura deberá tener una posición de cierre completo ; sí se trata de puertas de bisagras, deberá preverse además una posición de cierre intermedio".

Apartado 5.1.3 (nuevo), léase:

"5.1.3 Si una puerta corredera que no tiene posición de cierra intermedio no ha alcanzado la posición de cierre completo, deberá apartarse automáticamente de la cerradura hasta una posición de apertura parcial ; el ocupante del vehículo deberá poder comprobar fácilmente que la puerta se encuentra en esta posición de apertura parcial."

Apartados 5.1.3. y 5.1.4 (antiguos), numerarlos como 5.1.4 y 5.1.5.

Título del apartado 7, léase ;

"MODIFICACION DEL TIPO DE VEHICULO Y EXTENSION DE LA HOMOLOGACIÓN"

Añadir el nuevo apartado siguiente:

"7.3 La autoridad competente que haya concedido la extensión de la homologación asignará un número de serie a cada ficha de comunicación establecida para la extensión."

Anexo 1 remplazarlo por el siguiente:
Anexo 1

(Formato máximo: A4 (210 x 297 mm))

VER IMAGEN PAGINA 28745

Comunicación referente a: - la homologación,

...........................................- la denegación de homologación,

...........................................- la extensión de homologación,

...........................................- la retirada de homologación,

...........................................- el cese definitivo de la producción

de un tipo de vehículo en lo que respecta a las cerraduras y los órganos de fijación de las puertas en aplicación del Reglamento Nº 11.

Nº de homologación ............Extensión nº.......................................

  1. Marca de fábrica o comercial del vehículo:.............................

  2. Tipo del Vehículo:..................................

  3. Nombre y dirección del constructor:.............................

  4. Nombre y dirección del representante del constructor (si es preciso)............................

  5. Vehículo presentado para homologación...

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