Resolución 1A0/38248/2011, de 15 de noviembre, del Centro Nacional de Inteligencia, por la que se crea y regula el registro electrónico.

MarginalBOE-A-2011-19594
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyResolución

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a promover el uso y aplicación de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

La Ley 11/2007, de 22 junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce la relación con las administraciones públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y una obligación para tales administraciones. Dicha ley regula en sus artículos 24, 25 y 26 el deber de crear registros electrónicos (antes denominados registros telemáticos) para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.

Posteriormente, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, desarrolla la Ley 11/2007, de 22 de junio, dedicando el título IV a la regulación de los citados registros electrónicos.

En este marco normativo, se aborda la creación del registro electrónico del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), para la recepción o remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones relacionados con determinados procedimientos y actuaciones que son competencia de dicho organismo.

Las características especiales del CNI en lo relativo a seguridad y sensibilidad de la información y los potenciales peligros que de su uso indebido se derivan, obligan a establecer cautelas específicas en varios aspectos.

En primer lugar, el sistema de firma electrónica que se establezca para el intercambio de información, estará específicamente autorizado por el Centro Criptológico Nacional (CCN) para el servicio que se ofrezca. En segundo lugar, el intercambio de información con otros registros de las Administraciones Públicas deberá ser revisado y autorizado en función de la información de que se trate y será objeto de acuerdos específicos.

La Resolución ha sido presentada en el seno de la Comisión Permanente de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Defensa en reunión del 16 de septiembre de 2011, y en el seno de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública en reunión del 28 de septiembre de 2011.

Artículo 1 Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto la creación y regulación del registro electrónico del CNI para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones, así como el establecimiento de los requisitos y condiciones de funcionamiento de dicho registro respecto de los trámites y procedimientos comprendidos en su ámbito de aplicación.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.
  1. El registro electrónico del CNI únicamente está habilitado para la recepción o remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones relacionados con los procedimientos y actuaciones, competencia de este organismo, que figuran en el anexo.

  2. Cualquier solicitud, escrito, comunicación o documentación presentada ante el registro electrónico del CNI no relacionada con los trámites y procedimientos a que se refiere el apartado 1, será remitido a las personas, órganos o unidades destinatarias, en los términos previstos en el artículo 24.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que desarrolla parcialmente la citada Ley.

Artículo 3 Dirección del registro electrónico.

Los interesados en acceder al registro electrónico del CNI deberán hacerlo a través de la sede electrónica de dicho organismo. En dicha dirección se encontrará una relación actualizada de las solicitudes, escritos y comunicaciones que pueden presentarse en el mismo.

Artículo 4 Integración del registro electrónico.

La instalación en soporte informático de la Oficina del registro electrónico garantizará la integración de ésta con el...

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