Resolución de 29 de septiembre de 1982, de la Dirección General de Educación Básica, por la que se regula la evaluación de los alumnos del ciclo medio.

MarginalBOE-A-1982-26572
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

Regu]adas las enseñanzas del ciclo medio de la Educación General Básica por Real Decreto 710/1982, de 12 de febrero ( de 15 de abril), y Orden ministerial de 14 de mayo de 1982 () de 14 de mayo, procede de ,arminar la normativa sobre evaluación de los alumnos de este ciclo, de acuerdo con lo previsto en las citadas disposiciones y siguiendo los criterios establecidos para la evaluación de aiumnos del ciclo inicial según Resolución de esta Dirección General de Educación Básica de 17 de noviembre de 1981 (Boletín Oficial del Estado>, de 10 de diciembre), a fin de lograr que esta importante faceta de la actividad educativa contribuya de modo eficaz a la consecución de los objetivos que los programas renovados pretenden alcanzar.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

I ASPECIOS GENERALES

  1. Las actividades de evaluación en el ciclo medio deben orientarse a detectar los progresos alcanzados por los alumnos en todos los campo; de su desarrollo, con el fin de determinar el gradO de adecuación entre los niveles básicos de referencia del ciclo y lOS resultados conseguidos.

  2. Estas actividades deben estar integradas en el proceso educativo con carácter sistemático y desarrolladas de forma continua sólo de este modo será posible introducir en los momentos oportunos ias modificaciones y los apoyos necesarios de acuerdo con los resultados que vayan alcanzando los alumnos, sin esperar al final de un período o periodos de tiempo más o menos largos.

  3. El registro y comunicación de estos resultados en determinados momentos del transcurso del ciclo se entenderá unicamente como reflejo de la evaluación continua.

  4. La evaluación educativa constituirá, además, una tarea de carácter permanente, inherente a la función del profesorado del ciclo medio y la realizará el Profesor tutor de acuerdo con los principios., que dicho sistema de evaluación implica.

    1. FASES DEL PROCESO EVALUADOR

    En la evaluacior, del ciclo medio, entendida como proceso, se distinguirá: La e ploración inicial, la evaluación continua y los resultados finales.

  5. La exploracion inicial.

    1.1. Tiene por obieto el conocimiento del alumno, al comienzo del ciclo medio en un doble sentido: Por una parte, interesa conocer las circunstancias personales del alumno, tales como su situación familiar, aptitudes, intereses, etc., con objeto de poder establecer la correcta y permanente orientación de su proceso de aprendizaje; por otra parte, interesa tambien conocer su situación con respecto a las técnicas instrumentales como punto de partida para proseguir los aprendizajes de Lengua Castellana y Matemáticas del ciclo medio.

    1.2. La exploración inicial se elaborará a partir de la información adquirida sobre estos dos sectores:

    1. Datos personales y familiares, físicos y psicológicos e historial académico.

    2. Observaciones sobre técnicas instrumentales.

    La información acerca del primer sector será obtenida por el Profesor-tutor mediante los procedimientos adecuados en cada caso para la obtención de esta información podrá hacer uso del Registro acumulativo de evaluación del ciclo inicial y demás documentos del expediente personal del alumno, pudiendo en completada a través de un cuestionario cumplimentado por la familia del mismo

    Los datos de este primer sector deberán ser actualizados a lo largo del ciclo medio.

    La información sobre el segundo sector será obtenida por el Profesor-tutor en los primeros días del comienzo del ciclo, mediante el análisis detallado de los trabajos y actividades realizados en la clase por cada uno de sus alumnos. Podrá servirse también de los documentos de seguimiento del ciclo inicial.

    1.3. Cuando un Profesor se haga cargo de un grupo de alumnos que hubiesen comenzado con anterioridad el ciclo medio deberá prestar especial atención a cuantos datos y observaciones figuren recogidos en sus respectivas exploraciones iniciales y, además, tratará de conocer la situación de cada alumno, en ese momento, con objeto de poder establecer la programación más adecuada para proseguir los respectivos aprendizajes.

    Se procederá igualmente para el caso de aquellos alumnos que se imcorporen a un nuevo grupo comO consecuencia de trasladarse de Centro.

    1.4. La información recogida en la exploración inicial se consignará en el apartado correspondiente que a este fin se destina en el documento denominado Registro Acumulativo de Evaluación, según anexo I, que forma parte del expediente personal del alumno.

  6. La evaluación continua.

    2.1. Debe entenderse como un proceso sistemático de análisis y valoración de los resultados del aprendizaje y de la...

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