Resolución de 2 de agosto de 1989, de Aeropuertos Nacionales, por la que se corrigen errores de la de 30 de junio de 1989.

MarginalBOE-A-1989-21677
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Rango de LeyResolución

Se corrigen errores de la Resolución de 30 de junio de 1989 que fijan las tarifas que han de regir para las concesiones administrativas, autorizaciones especiales y de prestación de determinados servicios, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» número 183, de 2 de agosto de 1989.

Primera corrección:

Segundo.-Con efectos de 2 de agosto de 1989 entrarán en vigor los precios públicos correspondientes a cánones de concesiones administrativas, autorizaciones especiales y de prestación de determinados servicios, desarrollados en los aeropuertos españoles, que a continuación se relacionan, donde dice: «estas tarifas estarán vigentes hasta el 31 de junio de 1990», debe decir «estas tarifas estarán vigentes hasta el 30 de junio de 1990».

Segunda corrección:

En el apartado A2. Concesiones administrativas de oficinas, locales y mostradores; dice:

Mostradores no comerciales

Grupo A ............5.029.6008

debe decir.

Mostradores no comerciales

Grupo A ............5.029,6008

Tercera corrección:

En el apartado B6. Autorizaciones para la instalación y explotación de equipos terminales de autoservicios bancarios y dispensadores de tickets para vuelos y tarjetas de embarque, donde dice:

3) Resto de los aeropuertos, por grupos:

Grupo A.

Grupo B.

Grupo C

;

debe decir.

3) Resto de los aeropuertos, por grupos:

Grupo B.

Grupo C.

Grupo E)

.

Cuarta corrección:

En el apartado C4. Tarifa por aprovechamiento especial...

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