Resolución de 8 de mayo de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

MarginalBOE-A-2020-4898
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público PVP de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

A) CIGARRILLOS

PVP – Euros/Cajetilla
Austin Blue Superslim. 4,00

B) CIGARROS Y CIGARRITOS

PVP – Euros/Unidad
EL GUAJIRO
Aromas (10). 0,32
Cortados (50). 0,21
MONTECRISTO
Gran Pirámides Libro (20). 95,00
Supremos E.L. 2019 (25). 21,00
OLIVA
Serie V Lancero 7 x 38 (24). 8,20
PUNCH
Short de Punch (10). 12,00
QUAI D’ORSAY
Senadores E.L. 2019 (25). 15,00
ROMEO Y JULIETA
Club Kings (5). 7,20
TRABUCOS
Coronas (50). 0,42
TRINIDAD
Esmeralda (12). 14,00
Media Luna (12). 11,00
Topes (12). 15,00
VEGUEROS
Centrofinos (4). 6,40

C) CIGARROS Y CIGARRITOS

PVP – Euros/Envase
BRAVO
Pop Green (El envase de 17). 2,50
Pop Purple (El envase de 17). 2,50

D) PICADURAS DE PIPA

PVP – Euros/Unidad
Scottish Corner Aberdeen Edition (12 g). 1,00

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

A) CIGARROS Y CIGARRITOS

PVP – Euros/Unidad
CUSANO
Petit Corona (16). 2,10
DAVIDOFF
Aniversario Entreacto (4). 7,00
Signature N.º 2000 (5). 8,75
EL GUAJIRO
Aromas (10). 0,30
Cortados (50). 0,20
TRABUCOS
Coronas (50). 0,40

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de mayo de 2020.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

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