Resolución de 8 de enero de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018.

MarginalBOE-A-2018-792
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyResolución

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero, desempeñando una importante labor para contribuir al saneamiento de las cuentas públicas, y conseguir los recursos necesarios con los que financiar los servicios públicos.

Para ello, la Agencia Tributaria tiene establecidos como objetivos estratégicos fundamentales y permanentes desde su creación tanto la prevención como la lucha contra el fraude fiscal.

Las experiencias internacionales ponen de manifiesto la complejidad del fenómeno del fraude tributario, de manera que no puede combatirse únicamente con medidas de control a posteriori, sino que exige la combinación de medidas preventivas de diversa índole.

En esta línea, la Agencia Tributaria pretende continuar reforzando todas las actuaciones dirigidas a mejorar el cumplimiento tributario, mediante la transparencia de la información, el impulso de la asistencia, la política en materia recaudatoria o el desarrollo del Código de Buenas Prácticas Tributarias, pretendiendo, de esta manera, orientar su actuación mediante la utilización de actuaciones preventivas previas o simultáneas a la presentación de las autoliquidaciones.

Igualmente, se desarrollarán actuaciones de comprobación e investigación, sobre los obligados tributarios en los que concurran perfiles de riesgo, lo que requiere la definición previa de los criterios básicos y de las áreas de riesgo fiscal que se consideren de atención prioritaria en cada ejercicio.

Estos perfiles de riesgo se definen en los instrumentos de planificación y, más concretamente, en el Plan de Control Tributario y Aduanero, al que se refiere el artículo 116 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que tiene carácter reservado sin perjuicio de la necesaria publicidad a través de las directrices generales que lo informan.

Así pues, las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero de 2018 contienen una referencia concreta a las líneas de actuación de prevención y control del fraude que se consideran más relevantes, si bien constituyen, al igual que en los últimos años, un mecanismo de refuerzo y consolidación de las actuaciones desarrolladas ya en años anteriores, a la vez que incorporan otras nuevas, en línea con el contexto económico-social y normativo en el que la Agencia Tributaria desarrolla su actividad habitual, garantizando de este modo la continuidad y la uniformidad de las tareas habituales de comprobación e investigación del fraude que desarrolla con generalidad.

Estas directrices giran en torno a cuatro grandes pilares:

– La prevención del fraude. Información y asistencia.

– La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.

– El control del fraude en fase recaudatoria.

– La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me están conferidas, he acordado:

Aprobar las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018 que, a continuación, se enuncian y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», así como su difusión por cualquier medio que resulte adecuado para su general conocimiento.

  1. Prevención del fraude. Información y asistencia

    La Agencia Tributaria tiene establecido como objetivo estratégico, además de la lucha contra el fraude fiscal, la prevención del mismo. Y ello exige el diseño de una estrategia de asistencia integral que consiga reducir las cargas administrativas soportadas por los contribuyentes y favorecer el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y, con ello, prevenir el incumplimiento.

    En 2018 se pretenden potenciar tanto la diversidad como la calidad de los servicios de información y asistencia prestados a los contribuyentes, priorizando el uso de las nuevas tecnologías frente a los medios tradicionales de asistencia presencial, para permitir una asignación más eficiente de los recursos materiales y humanos disponibles. De este modo, se garantizará a los contribuyentes la realización de trámites de forma más ágil y eficaz, gracias a los sistemas telemáticos de asistencia y a la disponibilidad de medios de identificación y de comunicación electrónicos.

    Así, la Agencia Tributaria pretende desarrollar un nuevo modelo de asistencia al contribuyente, que se materializará en las siguientes actuaciones:

    1. Se impulsarán los canales de asistencia al contribuyente por medios electrónicos y telefónicos, así como la utilización de los programas de ayuda para la confección de declaraciones y de los medios de identificación (certificado electrónico, Cl@ve PIN, número de referencia, CSV, etc.) que facilitan y agilizan los trámites del contribuyente con la Agencia Tributaria.

    2. Se incorporarán nuevas herramientas de asistencia, como el Asistente virtual, que ofrece una respuesta inmediata a las dudas sobre un impuesto determinado, permite agilizar la comunicación con los contribuyentes y ofrece una mayor homogeneidad en la asistencia.

    3. Se prestará asistencia a los contribuyentes acogidos al Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII). La implantación del nuevo sistema de gestión del IVA, basado en la llevanza de los libros registro en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, supone una mejora sustancial en la comunicación entre la Administración y los contribuyentes al permitir una relación bidireccional, automatizada e instantánea. A su vez, se configura como una novedosa herramienta, tanto de asistencia al contribuyente, como de mejora y eficiencia en el control tributario.

    4. Asistencia en la campaña de Renta. En la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2017, se continuará utilizando la Renta WEB como sistema único de tramitación de la Renta, manteniendo la excepción de los programas de ayuda ajenos a la Agencia Tributaria. Se seguirá impulsando la utilización del sistema de Renta WEB Telefónica, realizando llamadas salientes para la confección de declaraciones, previa concertación con el contribuyente del día y la hora.

    5. Se potenciará y mejorará la aplicación móvil «Agencia Tributaria», ofreciendo nuevos servicios personalizados al contribuyente.

    6. Se seguirá manteniendo la inclusión de avisos, en el documento de datos fiscales del IRPF, sobre todas aquellas fuentes de renta de que se tenga conocimiento con el fin de impulsar el cumplimiento voluntario.

    7. Se impulsará el sistema de autocorrección de declaraciones de IRPF con solicitud de devolución, el cual permite al contribuyente corregir la declaración y anticipar así el cobro de la devolución.

    En definitiva, la estrategia de la Agencia se dirige a la utilización de nuevas herramientas y sistemas preventivos dirigidos a la mejora del cumplimiento de las obligaciones tributarias en período voluntario, promoviendo un ensanchamiento de las bases imponibles declaradas.

  2. Investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero

    La Agencia Tributaria tiene, entre sus objetivos fundacionales, el fomento del cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y la lucha contra el fraude fiscal como ejes sobre los que articular el conjunto de actuaciones a desarrollar por parte de sus empleados. Para ello, es esencial adoptar decisiones que permitan poner en marcha medidas dirigidas a la ejecución de actuaciones eficaces partiendo de la existencia de recursos limitados.

    El ordenamiento jurídico dota con carácter general a la Agencia Tributaria, a través de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, de determinadas modalidades de comprobación, ya sea inspectora, limitada o de verificación de datos, que se deberán utilizar en cada ocasión del modo que resulte más eficiente en función de las características concretas de la contingencia fiscal que haya sido detectada.

    Una adecuada planificación que profundiza en las posibilidades tecnológicas para la detección de riesgos fiscales permite la detección de incumplimientos tributarios más complejos y facilita posteriormente el desarrollo de actuaciones de comprobación sistemáticas orientadas a reducir la posibilidad de que se sigan produciendo aquellos incumplimientos tributarios que se consideran de mayor gravedad.

    De esta forma, las actuaciones de control incrementan las dificultades para el mantenimiento en el tiempo de incumplimientos tributarios especialmente graves y deben conducir a la disminución de dichos incumplimientos debido a la percepción pública de que las posibilidades de descubrimiento de dichos incumplimientos son cada vez mayores.

    Para todo ello, es preciso mantener el reforzamiento de las actuaciones de colaboración y coordinación entre las distintas áreas de la Agencia Tributaria, así como la puesta en marcha de líneas de actuación consistentes en el desarrollo de procedimientos sucesivos de control que aprovechen las diferentes herramientas de actuación recogidas en el ordenamiento jurídico, garantizando el máximo impacto posible de las actuaciones de control en los sectores y modelos de negocio con mayor riesgo fiscal.

    1. Nuevas fuentes de información y avances tecnológicos en el análisis de riesgos. Tradicionalmente, la información sobre los bienes, derechos, rentas o actividades económicas de los ciudadanos, obtenida a partir de las declaraciones presentadas por éstos y la información derivada de declaraciones informativas de terceros, ha servido como punto de partida para efectuar las tareas de análisis de riesgos por la Administración tributaria.

      Esta información es completada, por otras vías, destacando, especialmente, las actuaciones desarrolladas anualmente bajo la coordinación de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude a través del Plan Nacional de Captación de Información.

      Estas fuentes de información constituyen la base, tanto de los instrumentos de asistencia de la Agencia...

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