Resolución de 7 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se modifica la de 2 de octubre de 2014, por la que se conceden las ayudas convocadas por la Orden ECD/527/2014, de 1 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas Erasmus.es, financiadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el marco del Programa 'Erasmus+', para la movilidad de estudiantes de instituciones de educación superior y se aprueba la convocatoria en concurrencia competitiva correspondiente al curso académico 2014-2015.

MarginalBOE-A-2015-8245
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La Orden ECD/527/2014, de 1 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas Erasmus.es, financiadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el marco del Programa «Erasmus+», para la movilidad de estudiantes de instituciones de educación superior y se aprueba la convocatoria en concurrencia competitiva correspondiente al curso académico 2014-2015 (BOE 3 de abril de 2014, corrección de errores BOE 4 de abril de 2014), estableció que podían ser beneficiarios de estas ayudas los estudiantes de instituciones de educación superior que hubieran sido seleccionados por las citadas instituciones dentro del marco del Programa «Erasmus+» que destacaran por su expediente académico y cumplieran los requisitos establecidos en el artículo 2 de la citada Orden, fundamentalmente referidos al nivel de idioma y a la acreditación de un mínimo de 60 créditos ECTS.

Por Resolución de 2 de octubre de 2014 (BOE de 4 de octubre de 2014), de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se concedieron las ayudas Erasmus.es, convocadas por la Orden ECD/527/2014, de 1 de abril (BOE 3 de abril de 2014, corrección de errores BOE 4 de abril de 2014) correspondientes al curso académico 2014-2015.

Conforme al artículo 7.1 de la Orden ECD/527/2014, referente a la duración y cuantía de las ayudas «las ayudas se concederán por un máximo de cinco meses en el caso de movilizaciones para estudio…». El apartado 2 del mismo artículo determina los importes de las ayudas en función del grupo donde se encuentre el país de destino solicitado, con las siguientes cuantías:

300 €/mes para el Grupo 3.

350 €/mes para el Grupo 2.

400 €/mes para el Grupo 1.

Conforme al artículo 7.3. En el caso de que el beneficiario haya disfrutado de una beca o ayuda del Sistema General de Becas y Ayudas al estudio concedidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, durante el curso 2013/2014, la cuantía se incrementará en la cantidad de 100 euros/mes.

Al estudiante don José Luis Tovar Carrillo, con DNI 48740690X, se le concedió en resolución definitiva una ayuda Erasmus.es por un importe de 1.500,00 € y país de destino: Polonia (Grupo 3). El estudiante tenía denegada su solicitud de beca general para el curso 2013-2014, presentó recurso de reposición que fue estimado y le concedió la condición de becario general para el curso 2013-2014. Procede, por tanto, modificar el importe de la ayuda Erasmus.es, en el curso...

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