Resolución de 5 de enero de 2016, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2016-370
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo establecido en el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, cumplida la tramitación que exige el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, este Ministerio acuerda convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca por la presente Resolución podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.

Los interesados dirigirán sus solicitudes, a la Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Subdirección General de Recursos Humanos), Paseo del Prado, 18 y 20, 28014 Madrid, ajustándose al modelo publicado como Anexo II de la presente Resolución, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.

Además de los datos personales, número de Registro de Personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañar a su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:

  1. Títulos académicos.

  2. Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública, como en la Empresa Privada, en su caso.

  3. Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y cuantas otras circunstancias estime el aspirante oportuno poner de manifiesto.

A la citada solicitud podrán los aspirantes acompañar, en todo caso, aquellas publicaciones, informes o cualquier otra documentación que permita apreciar las especificaciones del puesto.

Cuarta.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con...

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