Resolución de 4 de mayo de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba y publica el Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales.

MarginalBOE-A-2020-4837
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

El Gobierno aprobó el pasado 14 de marzo el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, anunciándose sucesivas prórrogas a partir del 22 de marzo.

El Gobierno de España ha informado desde el principio de esta crisis del procedimiento de actuación para la prevención del contagio.

Por su parte, el CSD ha permanecido en permanente contacto con todos los interlocutores del deporte español, profesional y no profesional, federado y no federado, para hacer un seguimiento de las diversas situaciones que han ido emergiendo (individuales y colectivas, económicas, laborales, sanitarias, o de cualquier tipo), manteniendo abiertos todos sus mecanismos de consulta y coordinación.

Por ello, con el objetivo de proporcionar el marco mínimo de referencia para todos los deportistas federados, deportistas profesionales y de alto nivel, así como para las federaciones deportivas y entidades deportivas en las que aquéllos se incardinen, de cara al reinicio de los entrenamientos y la posterior reanudación de competiciones oficiales, se ha elaborado un Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales.

En su virtud, en ejercicio de la superior dirección del Consejo Superior de Deportes, he resuelto:

Primero.

Aprobar el Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales, que se incluye como anexo a la presente resolución.

Segundo.

Ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de mayo de 2020.–La Presidenta del Consejo Superior de Deportes, Irene Lozano Domingo.

PANDEMIA DE COVID 19. Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales

ÍNDICE

  1. Introducción.

  2. Reincorporación a la actividad deportiva:

    Fase 1: Entrenamiento individual o básico.

    Fase 2: Entrenamiento medio.

    Fase 3: Entrenamiento total precompetición.

    Fase 4: Competición.

  3. Confirmación del protocolo del CSD. Apoyo de protocolos sanitarios complementarios.

  4. Conclusiones.

  5. Fuentes consultadas y aportaciones externas al ministerio de cultura y deporte.

  6. Anexos.

  7. INTRODUCCIÓN

    Consideraciones previas

    El presente documento del Consejo Superior de Deportes es el protocolo de referencia y obligado cumplimiento para todos los deportistas federados, deportistas profesionales y de alto nivel, así como para las federaciones y entidades deportivas en las que aquéllos se incardinen, cada uno en la medida en que se define en el presente protocolo, de cara al reinicio de los entrenamientos y la posterior reanudación de competiciones oficiales. Se trata del marco mínimo para reactivar el deporte federado, el deporte profesional y de alto nivel durante el período asimétrico de desescalada, que podrá ser reforzado (nunca interpretado o debilitado) por aquellos deportistas, federaciones deportivas y entidades deportivas que así lo deseen, atendiendo a la muy diversa naturaleza y necesidades de los agentes que componen el entramado deportivo.

    Lo anterior queda vinculado a una condición ineludible: la reanudación de toda actividad deportiva queda supeditada a que la situación sanitaria lo permita, extremo que decidirá o mantendrá vigente el Gobierno, a través del mando único establecido para el vigente Estado de Alarma.

    Este protocolo, a partir de la forma jurídica que decida el Consejo Superior de Deportes, supeditada a las eventuales Órdenes Ministeriales que emita el Ministerio de Sanidad, será plenamente vinculante y desplegará los correspondientes efectos jurídicos. Adquirirá el carácter de marco básico para la sanidad y seguridad en el deporte federado, en el deporte profesional y de alto nivel que saldrá de la pandemia. Estará permanentemente sujeto a la evolución de tres factores: el normativo, de rango superior (si el Gobierno así lo estima en cualquier momento), si la situación lo exige; el médico—sanitario, también determinado por las Autoridades competentes, que podrá exigir una revisión parcial de este documento; y el de los horizontes competitivos, ante la eventualidad de que puedan desaparecer temporalmente ciertos eventos o competiciones (adicionales a los ya existentes).

    Finalmente, se señala que este protocolo sanitario es de obligado cumplimiento para todos los deportistas federados, profesionales o de Alto Nivel que, previa autorización del Gobierno, deseen regresar o sean convocados a los entrenamientos y a la posterior competición. Y ello sin perjuicio de las medidas de refuerzo de seguridad sanitaria que, sumadas a estas exigencias básicas, les vengan impuestas por sus clubs o entidades deportivas, en su caso. En cualquier caso, este regreso a los entrenamientos y la competición será bajo su responsabilidad, o bajo aquella que se derive de los acuerdos que el deportista tenga suscritos con su federación o entidad deportiva empleadora, lo que incluirá estar al corriente de los seguros que procedan.

    Antecedentes y situación general

    El pasado 14 de marzo el Gobierno decretó el Estado de Alarma ante la crisis sanitaria provocada por el COVID-19(1), anunciándose sucesivas prórrogas a partir del 22 de marzo. El Gobierno de España ha informado desde el principio de esta crisis del procedimiento de actuación para la prevención del contagio, además de indicar qué protocolos de actuación deben seguir los servicios de prevención de riesgos laborales frente la exposición del COVID-19(2). Por su parte, el CSD ha permanecido en permanente contacto con todos los interlocutores del deporte español, profesional y no profesional, federado y no federado, para hacer un seguimiento de las diversas situaciones que han ido emergiendo (individuales y colectivas, económicas, laborales, sanitarias, o de cualquier tipo), manteniendo abiertos todos sus mecanismos de consulta y coordinación. Adicionalmente, ha creado un mecanismo específico, orientado a la identificación de soluciones a corto, medio y largo plazo, aplicables a las problemáticas específicas creadas por la pandemia en el deporte: el Grupo de Tareas para el Impulso del Deporte, en el que participan una selección amplia, en un formato de geometría flexible y variable, de las entidades más representativas del deporte. El presente documento es uno de los encargos de este nuevo cauce de alerta temprana y coordinación.

    (1) Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19;

    (2) Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-CoV-2).

    Cabe destacar en este planteamiento preliminar que el deporte en general, y algunas competiciones profesionales en particular (responsables de la mayoría de los ingresos y empleos, directos, indirectos e inducidos), se han visto perjudicados por la pandemia, en el ámbito financiero, laboral, competitivo, y también desde el punto de vista personal y familiar de los deportistas y de los profesionales del deporte, habiéndose producido numerosos positivos por contagio de COVID-19. El comportamiento del deporte federado, profesional y de alto nivel español durante la pandemia está siendo, salvo en muy contadas excepciones, ejemplar: deportistas, entidades deportivas y otros profesionales del deporte han hecho gala de una gran capacidad de sacrificio y de enorme solidaridad, contribuyendo al sostenimiento del sector en estas circunstancias críticas, y mandando mensajes importantes, de moral y resiliencia, al conjunto de la ciudadanía.

    Principios básicos

    El presente documento parte de la base de que el deporte federado, profesional y de alto nivel, por la particularidad del ciclo vital de los deportistas y por las consecuencias que ya ha tenido la primera parte de la pandemia sobre sus calendarios, es una actividad esencial. Además, se considera que la futura vuelta de las competiciones deportivas, tras el largo periodo de confinamiento de la ciudadanía española, contribuirá a mejorar el ánimo y el bienestar psicológico de la población.

    El procedimiento resumido a continuación se basa en la conveniencia de aplicarlo de forma preferentemente confinada, en una instalación o lugar cerrado a la vía pública y con acceso limitado al exterior (p.e.: una ciudad deportiva o un hotel de concentración), para alinear lo más posible las medidas establecidas por el RDL de Estado de Alarma.

    Todo lo que sigue será de aplicación, además de a los deportistas, a los árbitros/jueces y personal técnico o auxiliar imprescindible que tenga que participar, en la fase correspondiente, en los terrenos de juego o en espacios anexos necesarios para desarrollar su labor. En todo caso, el cumplimiento de este protocolo corresponderá a los deportistas cuando entrenen o compitan bajo su exclusiva responsabilidad, o a sus clubs o federaciones cuando lo hagan bajo su supervisión y en sus instalaciones.

    El protocolo se divide en cuatro fases, diseñadas para una vuelta a la actividad con un estado de forma óptimo por parte de los deportistas en el momento de reanudar las competiciones, limitando en la medida de lo posible el riesgo de lesiones. En este cronograma se tendrá en cuenta que el seguimiento médico experto, especialmente en lo que afecta a las posibles consecuencias físicas y fisiológicas que este virus pueda tener sobre los deportistas, tendrá que ser muy estrecho. Por otra parte, teniendo en cuenta la muy diversa situación de los deportistas y la amplia tipología del deporte, a medida que se despliegue y consolide este protocolo, se analizarán medidas de desescalada asimétrica, teniendo en cuenta, entre otras consideraciones, los calendarios de las competiciones que subsistan.

    Desde el punto de vista territorial, y sin perjuicio de la vigencia del mando único previsto en Estado...

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