Resolución de 30 de octubre de 2019, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., sobre delegación de competencias.

MarginalBOE-A-2019-16695
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyResolución

El Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. (en adelante ICEX) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y al amparo del artículo 9.2 del Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad, modificado por Real Decreto 608/2013, de 2 de agosto y por el Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, adoptó por unanimidad, en su sesión de 30 de octubre de 2019, el siguiente Acuerdo:

  1.  Delegar en el Consejero Delegado de ICEX las siguientes competencias:

    a) Aprobar la participación de ICEX en sociedades mercantiles o empresas nacionales o extranjeras, cuyo objeto esté relacionado con los fines de ICEX, con un límite de 5.000.000 € por operación.

    b) Aprobar las operaciones financieras, a excepción de las de crédito y endeudamiento, que puedan convenir a ICEX, hasta un límite de 5.000.000 de euros por operación, con carácter mancomunado.

    c) Aprobar los actos de disposición de bienes y fondos propios, las inversiones y los pactos o convenios hasta un límite de 5.000.000 €.

    d) Aprobar las plantillas y el régimen retributivo del personal, previo informe favorable de los Ministerios competentes.

    e) Tramitar, adjudicar y formalizar los contratos cuyo valor estimado sea igual o inferior a 750.000 €, sus modificaciones y sus prórrogas, así como los contratos de cuantía indeterminada, sus modificaciones y sus prórrogas.

    f) Tramitar, con carácter previo a la adjudicación, el expediente de contratación cuyo valor estimado sea superior a 750.000 euros e inferior a 5.000.000 de euros elevando la propuesta de adjudicación al Consejo de Administración.

  2.  Delegar en los directores generales, directores ejecutivos, director económico-financiero y en la secretaria general en sus respectivos ámbitos funcionales la tramitación, adjudicación y formalización de los contratos cuyo valor estimado sea igual o inferior a 750.000 €, sus prórrogas y modificaciones, así como los contratos de cuantía indeterminada de su ámbito funcional, sus modificaciones y sus prórrogas.

  3.  Delegar en el director Económico-Financiero las operaciones financieras, a excepción de las de crédito y endeudamiento, que puedan convenir a ICEX, hasta un límite de 5.000.000 de euros por operación, con carácter mancomunado.

  4.  Delegar en los restantes directores de la entidad, en sus respectivos ámbitos funcionales...

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