Resolución de 3 de junio de 2015, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por la que se publica el Acuerdo de sublicencia entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para el derecho de uso del logotipo de farmacias on-line.

MarginalBOE-A-2015-7647
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Rango de LeyResolución

Suscrito el 28 de abril de 2015, Acuerdo de sublicencia entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para el derecho del uso del logotipo de farmacias on-line, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho acuerdo, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 3 de junio de 2015.–El Secretario General de Sanidad y Consumo, Rubén Moreno Palanques.

ANEXO. Acuerdo de sublicencia entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para el derecho de uso del logotipo de farmacias on-line

Madrid, a 28 de abril de 2015.

REUNIDOS

De una parte, doña Belén Crespo Sánchez-Eznarriaga, Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por nombramiento del Consejo Rector de la misma de fecha 3 de octubre de 2011, y actuando en nombre y representación de dicha Agencia Estatal, en virtud de las facultades que le confiere el Estatuto de la Agencia estatal «Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios» aprobado por Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, con domicilio social en Calle Campezo n.º 1, 28022 Madrid, y CIF-Q 2827023 I.

De otra, don Faustino Blanco González, Consejero de Sanidad del Principado de Asturias, nombrado por Decreto 5/2012, de 26 de mayo (BOPA 122 de 28 de mayo), en nombre y representación de éste, designado expresamente para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 25 de marzo de 2015.

Las partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para el otorgamiento del presente Acuerdo y, al efecto,

EXPONEN

Primera.

La Directiva 2001/83/CE de 6 de noviembre de 2001 establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano. Dicha Directiva fue modificada por la Directiva 2011/62/UE, que introdujo medidas para prevenir la venta ilegal de medicamentos al público a través de Internet. El artículo 85 quáter, apartado 3, de la Directiva 2001/83/CE dispone ahora que se creará un logotipo común y reconocible en toda la Unión, que permita identificar al Estado miembro en el que está establecida la persona que ofrece medicamentos al público por venta a distancia mediante servicios de la sociedad de la información. A nivel...

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