Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015, por el que se resuelve el concurso público para la adjudicación mediante régimen de concurrencia de seis licencias para la explotación, en régimen de emisión en abierto, del servicio de comunicación audiovisual televisiva mediante ondas hertzianas terrestres de cobertura estatal.

MarginalBOE-A-2015-11549
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de octubre de 2015, a propuesta del Ministro de Industria, Energía y Turismo, ha aprobado el Acuerdo por el que se resuelve el concurso público para la adjudicación mediante régimen de concurrencia de seis licencias para la explotación, en régimen de emisión en abierto, del servicio de comunicación audiovisual televisiva mediante ondas hertzianas terrestres de cobertura estatal.

Teniendo en cuenta la necesidad de que el citado Acuerdo reciba la más amplia difusión por la trascendencia que para el sector de la comunicación audiovisual televisiva han de tener las actuaciones que en el mismo se contemplan, se resuelve la publicación del citado Acuerdo que figura como anexo a la presente resolución.

Madrid, 26 de octubre de 2015.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez Martín.

ANEXO. Acuerdo por el que se resuelve el concurso público para la adjudicación mediante régimen de concurrencia de seis licencias para la explotación, en régimen de emisión en abierto, del servicio de comunicación audiovisual televisiva mediante ondas herzianas terrestres de cobertura estatal

La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, establece en su artículo 22 que los servicios de comunicación audiovisual televisivos son servicios de interés general. A continuación, el artículo 22.3 dispone que la explotación de servicios de comunicación audiovisual que se presten mediante ondas hertzianas terrestres necesitará licencia previa otorgada mediante concurso por la autoridad audiovisual competente, añadiendo que, en el ámbito de cobertura estatal, la competencia para el otorgamiento de las licencias corresponde al Gobierno. Asimismo, en virtud de lo previsto en el artículo 5.1.k) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, al Consejo de Ministros, como órgano colegiado del mismo, le corresponde ejercer, además de aquellas que expresamente se enumeran en los restantes párrafos del apartado, cuantas otras atribuciones le confieran la Constitución, las leyes y cualquier otra disposición. En consecuencia, corresponde al Consejo de Ministros convocar y resolver los concursos para la adjudicación de licencias para la explotación del servicio de comunicación audiovisual televisiva de cobertura estatal.

Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR