Resolución de 26 de febrero de 2020, de la Subsecretaría, por la que se adaptan determinadas características de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

MarginalBOE-A-2020-3303
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyResolución

La Orden IET/842/2012, de 18 de abril, por la que se crea la sede electrónica en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, establece en su artículo 2 las características de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. En su disposición final primera, se establece la posibilidad de que, mediante Resolución de la Subsecretaría del Departamento publicada en el «Boletín Oficial del Estado», se adapten determinadas características de la sede cuando deban modificarse. En concreto, se refiere a la dirección electrónica y a la denominación de los centros y organismos responsables, cuando deriven de reordenaciones organizativas.

Aprobadas las recientes reestructuraciones ministeriales mediante los Reales Decretos 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, y 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, manteniendo la denominación del Departamento, resulta necesario adaptar la sede a la nueva ordenación organizativa.

Así, en virtud de lo dispuesto en la disposición final primera de la Orden IET/842/2012, de 18 de abril, dispongo:

Primero. Objeto.

Se adaptan las características de la sede electrónica a lo dispuesto en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, en concreto:

a) La dirección electrónica de referencia de la sede del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que aparece regulada en el artículo...

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