Resolución de 26 de diciembre de 2017, conjunta de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se dictan instrucciones para la cumplimentación de los modelos 060 y 069 en los casos en que el obligado al pago carezca de número de identificación fiscal (NIF) o número de identificación de extranjeros (NIE).
Fecha de Entrada en Vigor | 2 de Enero de 2018 |
Marginal | BOE-A-2018-4 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economía, Industria y Competitividad |
Rango de Ley | Resolución |
La disposición final primera de la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades colaboradoras, habilita a los titulares de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y de la Intervención General de la Administración del Estado, a dictar cuantas resoluciones conjuntas sean necesarias para el desarrollo de la misma.
Al amparo de dicha disposición se dicta esta resolución, que sustituye a la de 28 de abril de 2005, y que establece las instrucciones para la cumplimentación, por los Delegados de Economía y Hacienda, de los modelos 060 y 069 en los casos en que el obligado al pago carezca de Número de Identificación Fiscal (NIF) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE) españoles. Esta resolución clarifica determinados aspectos contenidos en la resolución anterior e incluye una regulación de su objeto.
En su virtud, la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y la Intervención General de la Administración del Estado han tenido a bien disponer:
Apartado primero. Objeto.
Esta resolución establece las instrucciones para cumplimentar, por parte de los Delegados de Economía y Hacienda, los documentos de ingreso modelos 060 y 069 previstos en el artículo sexto de la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de los recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades colaboradoras, en los casos en que el obligado al pago carezca de Número de Identificación Fiscal (NIF) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE) españoles.
Apartado segundo. Ámbito de aplicación.
Los Delegados de Economía Hacienda aplicarán las instrucciones contenidas en esta resolución a la expedición de los documentos de ingreso modelos 060 y 069, en los siguientes supuestos:
1) En los casos de expedición del documento de ingreso 060, siempre que el interesado manifieste no poseer NIF o NIE españoles.
2) En los casos de expedición...
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