Resolución de 24 de julio de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España y se deroga la Resolución de 29 de junio de 2020.
Fecha de Entrada en Vigor | 30 de Julio de 2020 |
Marginal | BOE-A-2020-8750 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Sanidad |
Rango de Ley | Resolución |
La Resolución de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, dictada al amparo de la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, estableció las pautas que regulan los controles sanitarios a implantar en los puntos de entrada de nuestro país, con el objetivo de identificar precozmente a viajeros enfermos y a sus contactos y limitar así la introducción en España de casos importados.
La implementación de los controles sanitarios se viene llevando a cabo con la colaboración y en coordinación con los gestores aeroportuarios y portuarios en función de lo previsto en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Dichos controles se han diseñado teniendo en consideración lo contemplado en las Directrices EASA/ECDC (siglas en inglés de la Agencia Europea de Seguridad Aérea y del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades, respectivamente), las cuales, en virtud de lo establecido en el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, han sido adaptadas y acordadas por el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo con fecha de 8 de julio de 2020 y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» por Resolución de 9 de julio de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publican las directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19.
Según se establece en la citada Resolución de 29 de junio de 2020, los controles sanitarios a los que deberán someterse todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima antes de su entrada en el país, incluirán un control documental consistente en la cumplimentación de un formulario por vía electrónica a través de la dirección de internet: www.spth.gob.es o mediante la aplicación gratuita SPAIN TRAVEL HEALTH-SpTH, obteniendo entonces un código QR asociado a su viaje que el viajero deberá presentar a su llegada a España. Dicho formulario, basado en la Passenger Locator Card contemplada en el...
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