Resolución de 24 de julio de 2019, de la Dirección de Tráfico, del Departamento de Seguridad, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico complementarias en la Comunidad Autónoma del País Vasco con motivo de la próxima cumbre del G7 que tendrá lugar en Biarritz del 24 al 26 de agosto de 2019.

MarginalBOE-A-2019-11717
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Autónoma del Pais Vasco
Rango de LeyResolución

El artículo 18 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, atribuye a la autoridad de tráfico la facultad de adoptar medidas especiales de regulación del tráfico cuando lo aconsejen razones de seguridad o fluidez de la circulación. Los artículos 37 y 39, entre otros, del Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, concretan algunas de estas medidas y regulan el procedimiento para su adopción.

La coincidencia de la celebración de la cumbre del G7, que tendrá lugar en Biarritz del 24 al 26 de agosto de 2019, con la operación retorno de las vacaciones estivales hacia la frontera con Francia aconsejan la adopción de medidas especiales de regulación del tráfico complementarias a las establecidas en la resolución de 24 de enero de 2019.

Por lo expuesto, y en virtud de lo establecido en los artículos 37 y 39 del Reglamento General de Circulación, en el apartado B.1.g) del anexo del Real Decreto 3256/1982, de 15 de octubre, por el que se transfiere a la Comunidad Autónoma del País Vasco la ejecución de la legislación estatal sobre tráfico y circulación de vehículos, y en el artículo 17.3.d) del Decreto 83/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad, resuelvo:

Primero. Restricciones complementarias a la circulación.

Se prohíbe la circulación de los vehículos que por la carga que transportan requieran para circular una autorización complementaria de circulación y de los vehículos que hayan de llevar los paneles de señalización de peligro reglamentarios conforme al Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera y conforme al Acuerdo Europeo sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), los siguientes días:

– El sábado 24 de agosto de 2019 desde las 00:00 hasta las 24:00 horas,

– el domingo 25 de agosto de 2019 desde las 00:00 hasta 08:00 horas, y

– el lunes 26 de agosto desde las 00:00 horas hasta las 18:00 horas.

Esta prohibición afecta a la circulación por las vías y sentido detallados en cuadro siguiente:

Vía Denominación PK Inicio PK Final Sentido
AP-8 Autopista del Cantábrico. 104 Erletxe 0 Frontera Francia Behobia.
GI-20 Variante de Donostia-San Sebastián. 15,572 Enlace AP-8 Aritzeta 0 Enlace AP-8
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR