Resolución de 21 de octubre de 2015, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 14 de julio de 2015.

MarginalBOE-A-2015-11794
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 14 de julio de 2015 («BOE» núm. 171, del 18), se convocó el citado concurso para la provisión de puestos de trabajo.

Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, publicadas las listas provisionales y definitivas de admitidos/as y de excluidos/as, así como las causas de exclusión, valorados los méritos alegados por los/as participantes y previa actuación de la Comisión de Valoración, a la que hace referencia la base cuarta de la citada Resolución, esta Dirección resuelve:

Primero.

Hacer pública la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.

El personal que obtenga destino a través de este concurso, no podrá participar en otros, cualquiera que sea la Administración que los convoque, hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo en los supuestos contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, modificado por la Ley 23/1998, de 28 de julio.

Tercero.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, excluidas las prórrogas de incorporación, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso podrán optar por uno de ellos, viniendo obligados/as a comunicar por escrito en los tres días siguientes la opción realizada.

Cuarto.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario/a, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los/as interesados/as, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

El Subsecretario del Departamento donde presta servicios el/la funcionario/a podrá diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse ésta al Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por exigencias del...

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