Resolución de 19 de septiembre de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se crea la nueva Sede Electrónica del Organismo.

MarginalBOE-A-2011-15450
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyResolución

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, creó el concepto de «sede electrónica», justificado por «la necesidad de definir claramente la «sede» administrativa electrónica con la que se establecen las relaciones con los ciudadanos. El artículo 10.1 de la misma Ley define la sede electrónica como «aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias». El apartado 3 del mismo artículo establece que «cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas, con sujeción a los principios de publicidad oficial, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad».

Por otra parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, además de regular esta figura en sus artículos 3 al 9, determina específicamente en su artículo 3.2 que «las sedes electrónicas se crearán mediante Orden del Ministro correspondiente o Resolución del titular del Organismo Público, que deberá publicarse en el ‘‘Boletín Oficial del Estado’’», determinando el contenido mínimo de esta norma aprobatoria. Con ello se aportan a los ciudadanos garantías de plena certeza y seguridad que sólo alcanzaban parcialmente las oficinas virtuales que hasta el momento han venido canalizando las relaciones electrónicas con los ciudadanos.

En este marco normativo, mediante Resolución de 5 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, se creó la sede electrónica de este Organismo con la dirección electrónica https://www.spee.gob.es y las características y contenido que figuran en sus artículos 2 y 4. Asimismo, se creó una subsede electrónica con la dirección https://www.redtrabaja.gob.es.

Desde su creación se han producido algunos cambios en la imagen del Organismo, en los canales de servicio y en las páginas de acceso que justifican la implantación de una nueva sede electrónica en el Servicio Público de Empleo Estatal y la desaparición de las anteriores. Se pretende con ello armonizar los nuevos recursos y potenciar la nueva imagen del Organismo que facilitará el uso de los servicios de administración electrónica por parte de los ciudadanos y empresas.

Por último, se ha emitido con carácter previo informe de la Comisión de Administración Electrónica del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

En consecuencia, y de acuerdo con la habilitación contenida en el...

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