Resolución de 20 de enero de 2015, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan actividades formativas on line en materia de ofimática para empleados públicos de la Administración General del Estado.

MarginalBOE-A-2015-580
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Entre las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) de acuerdo su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, se encuentra la formación y el perfeccionamiento de los empleados públicos.

Asimismo, el informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) proponía que, desde el INAP, se formara en la modalidad on line a los empleados públicos en materias transversales, entre las que se encuentran las competencias en ofimática. Por este motivo, en 2015, siguiendo con la línea de trabajo iniciada en 2014, el INAP organiza actividades formativas on line en materia de ofimática, con las que se pretenden cubrir las necesidades en esta materia en el ámbito de la Administración General del Estado y evitar la duplicidad que supone que desde departamentos y organismos se estén invirtiendo esfuerzos con un mismo objetivo.

Por ello, teniendo en cuenta las necesidades formativas de los empleados públicos para el adecuado ejercicio de sus funciones, esta Dirección adopta la siguiente resolución:

Primera. Objeto.

Mediante la presente resolución se convocan actividades formativas on line en ofimática, con tutorías y derecho a certificación, en las herramientas del paquete MS Office, versión 2007 y 2010 (Word, Excel, Access, Power Point y Outlook), y LibreOffice / OpenOffice, versión estable.

Segunda. Destinatarios y licencias.

Sólo podrán participar en estas actividades los empleados públicos de la Administración General del Estado. Los empleados públicos que se encuentren con permiso por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 de La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, podrán participar en cursos de formación.

El número total mínimo de licencias es de 12.000, que podrá ser ampliado por la empresa que resulte adjudicataria del servicio, al ser éste uno de los criterios de adjudicación.

Tercera. Presentación de solicitudes.

  1. Quien desee participar en las actividades formativas convocadas, deberá presentar la correspondiente solicitud, que será accesible, tras la selección del curso al que se desea asistir, en las siguientes direcciones: http://buscadorcursos.inap.es/formacion-tic y http://www.inap.es/formacion-en-tic, bajo la opción de inscripción electrónica.

    Los interesados podrán solicitar como máximo la participación en cuatro herramientas ofimáticas en la versión que consideren oportuna.

    Para realizar la inscripción será preciso contar con la autorización previa del superior jerárquico. A efectos de formalizar dicha autorización, el sistema de inscripción le permitirá imprimir la solicitud que, una vez firmada, deberá conservar en soporte papel y que podrá ser requerida por el INAP en cualquier momento.

  2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

    Cuarta. Selección y admisión de alumnos.

  3. Las unidades de formación priorizarán las solicitudes de sus efectivos en un plazo máximo de diez días y será el INAP quien realice la selección final de participantes. Este Instituto remitirá a la empresa adjudicataria los alumnos admitidos y le facilitará la relación de participantes en las ediciones celebradas a lo largo de 2014 con los datos estrictamente necesarios para la puesta en marcha de esta actividad en 2015, con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

  4. La empresa adjudicataria comunicará individualmente la admisión a los alumnos por correo electrónico para cada herramienta. Será requisito imprescindible para realizar el curso que el alumno seleccionado conteste a...

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