Resolución de 2 de noviembre de 2017, de la Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, por la que se crea el sello electrónico del organismo.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Noviembre de 2017
MarginalBOE-A-2017-12947
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyResolución

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula en su artículo 40 el uso de sellos electrónicos basados en certificados electrónicos que reúnan los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica, para la identificación y la autenticación del ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada.

El Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, declarado vigente en la disposición derogatoria única número 2, letra g), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 19.1 que la creación de sellos electrónicos se realizará mediante resolución de la Subsecretaría del Ministerio o titular del organismo público competente, que se publicará en la sede electrónica correspondiente, regulando el contenido que, como mínimo, deberá constar en dicha resolución.

En virtud de lo anterior, en el ámbito del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, corresponde a su Presidenta aprobar la creación del sello electrónico y la determinación de las actuaciones y procedimientos en los que podrá ser utilizado.

Por esta razón, resuelvo:

Primero.

Se crea el Sello Electrónico Cualificado del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con las características siguientes:

a)  La titularidad, así como la responsabilidad de la utilización y custodia del sello que se crea mediante esta resolución corresponde al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, organismo público adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública.

b)  Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable son las derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad y de la política de firma electrónica y certificados de la Administración General del Estado, que deben constar en la Declaración de Practicas de Certificación aprobadas por el prestador de servicios de certificación que corresponda.

c)  La verificación del certificado podrá realizarse a través del servicio VALIDE de la plataforma de validación de certificados de la Administración General del Estado, que estará accesible desde la sede electrónica del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno https://sede.consejodetransparencia.gob.es

Segundo.

La autorización de las actuaciones administrativas automatizadas del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno será competencia de la Presidenta del Consejo, que...

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