Resolución de 18 de mayo de 2016, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 2 de marzo de 2016.

MarginalBOE-A-2016-5141
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 2 de marzo de 2016 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril), fue convocado puesto de trabajo para cubrir por libre designación. De acuerdo con lo establecido en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, cumplida la tramitación que exige el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

He dispuesto, en uso de las atribuciones que me están conferidas:

Primero.

Adjudicar el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo a la presente Resolución correspondiente a la citada convocatoria, al funcionario que se indica y que ha cumplido con los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria.

Segundo.

Los plazos de toma de posesión en el destino adjudicado y de cese en el anterior destino serán los establecidos en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprobó el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Tercero.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia correspondiente a su domicilio o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a su elección, en el plazo de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de...

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