Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 17 de noviembre de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado y la de 22 de febrero de 2016, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en las cuentas anuales de los bienes del Patrimonio Histórico de naturaleza material.

Fecha de Entrada en Vigor26 de Diciembre de 2017
MarginalBOE-A-2017-15430
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyResolución

La Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, aprobó un nuevo Plan General de Contabilidad Pública (en adelante PGCP) con el carácter de plan contable marco para todas las Administraciones Públicas.

La Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado, aprobada por Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre establece, en su regla 2, que la contabilidad de la Administración General del Estado (en adelante AGE) deberá ajustarse al PGCP en los términos establecidos en la adaptación de dicho Plan a la AGE.

La adaptación del PGCP a la AGE se aprobó mediante Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la Intervención General de la Administración del Estado (en adelante IGAE).

El apartado tercero de dicha Resolución, denominado «Adaptación a la Administración General del Estado de la cuarta parte del PGCP» establece que la AGE aplicará el cuadro de cuentas previsto en la cuarta parte del PGCP con las modificaciones previstas en el anexo I a dicha Resolución.

Asimismo establece que las modificaciones que posteriormente sea necesario introducir en las cuentas del cuadro de cuentas de la adaptación, así como la apertura de nuevas cuentas de primer orden, requerirán autorización expresa de la IGAE.

La Orden HFP/1970/2016, de 16 de diciembre, por la que se modifica el PGCP, aprobado por Orden EHA/1037/2010, ha introducido algunas modificaciones en cuentas que habían sido adaptadas para su aplicación en la AGE a través de la citada Resolución de la IGAE de 17 de noviembre de 2011, por lo que deben ser objeto de revisión.

La presente Resolución tiene por objeto adecuar la adaptación del PGCP a la AGE a las modificaciones introducidas por la Orden HFP/1970/2016 en el propio PGCP. Asimismo, se incorporan a la misma nuevos movimientos contables o se modifica la denominación y contenido de cuentas ya existentes en la Adaptación, con el fin de mejorar su aplicación.

Por otro lado, la disposición adicional segunda de la Resolución de 22 de febrero de 2016, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en las cuentas anuales de los bienes del patrimonio histórico de naturaleza material estableció un umbral para la activación de los bienes que deben registrarse en la cuenta 216, «Mobiliario», de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 de la norma de reconocimiento y valoración 2.ª, «Inmovilizado material», del PGCP, en relación a la posibilidad de excluir del inmovilizado material, y por tanto, considerarse gasto del ejercicio, de aquellos bienes muebles cuyo precio unitario e importancia relativa dentro de la masa patrimonial así lo aconsejen. La presente resolución amplía la utilización de umbrales de activación a otros bienes muebles distintos del mobiliario, de acuerdo con la mencionada norma de reconocimiento y valoración, así como a los activos intangibles, de acuerdo, en este último caso, con idéntica posibilidad de excluir del inmovilizado intangible ciertos activos inmateriales, prevista en el apartado 1 de la norma de reconocimiento y valoración 5.ª, «Inmovilizado intangible», del PGCP, para este tipo de activos.

La Resolución se estructura en dos apartados, una disposición adicional única y una disposición final, que regula su entrada en vigor.

En el apartado primero, se regulan las modificaciones que se introducen en la adaptación del PGCP a la AGE, aprobada por Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la IGAE. En él se incluye la modificación de la denominación, la definición y los movimientos de la cuenta 413, «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto» prevista en el anexo II, «Modificaciones de las definiciones y relaciones contables» para adaptarla a la actual denominación, definición y movimientos que tiene la citada cuenta en el PGCP, tras su modificación. Asimismo se modifican algunos de los motivos de abono de la cuenta 400, «Acreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente» que figura en el mismo anexo II. Adicionalmente se modifican los movimientos de la cuenta 186, «Ingresos anticipados a largo plazo» y se modifica la denominación y amplía el contenido de la cuenta 6770, «Gastos por bienes muebles no activados».

En el apartado segundo, se modifican la disposición adicional segunda y la disposición transitoria única de la Resolución de 22 de febrero de 2016, de la Intervención General de la Administración del Estado, antes...

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