Resolución de 17 de octubre de 2014, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas para el año 2015.

MarginalBOE-A-2014-11333
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en su artículo 8.d) atribuye al Consejo Superior de Deportes (en adelante CSD) competencia para conceder las subvenciones económicas que procedan a las federaciones deportivas y demás entidades y asociaciones deportivas inspeccionando y comprobando la adecuación de las mismas al cumplimiento de los fines previstos en dicha Ley.

Por su parte el Real Decreto 2195/2004, de 25 de noviembre, por el que se regula la estructura orgánica y las funciones del CSD, atribuye a este organismo competencias destinadas a desarrollar el mandato constitucional de fomento de la educación física y el deporte y las que se le atribuyan en la normativa legal y reglamentaria, incluyendo entre las atribuciones de su Presidente, el conceder las subvenciones económicas que procedan con cargo a los presupuestos del organismo.

Así mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.c) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, las Federaciones Deportivas Españolas (en adelante FFEE o FE en singular) deben acordar con el CSD sus objetivos y programas deportivos (especialmente los de deporte de alto nivel), sus presupuestos y sus estructuras orgánica y funcional.

Es intención del CSD abundar en el propósito de que dichos objetivos deportivos se alcancen, apoyando a las FFEE, en el fomento de las actividades deportivas, en algunas de las cuales es preciso llevar a cabo una actividad subvencionada bajo el régimen previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Para una adecuada continuidad de las actividades subvencionadas desarrolladas por las FFEE, necesaria para lograr los resultados deportivos y demás objetivos definidos en su planificación, es fundamental agilizar al máximo la convocatoria, concesión y pago de las subvenciones destinadas a financiar dichas actividades, motivo por el cual se recurre a los mecanismos de tramitación anticipada en la presente convocatoria.

Por todo ello, de acuerdo con la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4.2.e) del ya citado Real Decreto 2195/2004, dispongo:

Primero. Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene como objetivos:

  1. Optimizar la preparación deportiva y los resultados de participación en competiciones deportivas de alto nivel internacional a través de las FFEE.

    Por orden de preferencia, otros subobjetivos complementarios son:

    1) El fomento cuantitativo y cualitativo de las competiciones nacionales.

    2) La formación de técnicos deportivos y de jueces, árbitros o equivalentes.

    3) El fomento de la participación de la mujer en todos los ámbitos del deporte.

  2. Ayudas a deportistas españoles por resultados deportivos:

    En virtud de la presente Resolución también se financiarán las ayudas a deportistas españoles por resultados deportivos obtenidos en el año 2014, de acuerdo a los criterios y cuantías incluidos en los anexos VI y VII de la Resolución de 28 de noviembre de 2013 (BOE de 5 de diciembre de 2013).

    Excepcionalmente, con cargo a la presente convocatoria también se podrán conceder ayudas por resultados obtenidos en ejercicios anteriores desde 1998 que por error no obtuvieron ayuda en su momento, así como aquellas ayudas generadas por resultados actualizados oficialmente por las Federaciones Internacionales debido a descalificaciones.

    También se financiarán con cargo a esta Resolución las ayudas a deportistas con discapacidad por resultados obtenidos en 2014, de acuerdo a los criterios y cuantías incluidos en los anexos VI y VII de esta Resolución.

    La normativa (criterios y cuantías) de las ayudas a deportistas españoles por resultados deportivos del año 2015, se incluye en los anexos VI y VII de esta Resolución.

  3. Constituyen otras finalidades específicas de la presente convocatoria la realización de actividades cuyo objeto coincida con el de alguno de los siguientes Programas:

    1) Programa Nacional de Tecnificación Deportiva:

    El Programa Nacional de Tecnificación Deportiva busca potenciar los valores más prometedores de nuestro deporte, garantizando una correcta evolución deportiva y su paso a la alta competición. En el año 2015 las ayudas del Programa Nacional de Tecnificación Deportiva tendrán por objeto todas las Federaciones Deportivas Españolas que tengan modalidades, especialidades, pruebas, y actividades deportivas, incluidas como subvencionables en el Catálogo.

    2) Programa de Alto Rendimiento en Centros Especializados de Federaciones Deportivas Españolas:

    Este Programa tiene como objetivo específico colaborar en el funcionamiento y en la ampliación o equipamiento de los Centros Especializados de Alto Rendimiento así como en la actividad deportiva que allí se desarrolla, cuya titularidad/y o gestión corresponda a una Federación Deportiva Española.

    3) Programas de Actividades deportivas en el Centro Especializado de Alto Rendimiento Deportivo de León:

    Este programa persigue el objetivo de potenciar el Centro incentivando los programas deportivos de las especialidades que ya están desarrollando su actividad dentro del Centro, con atención especial a las concentraciones permanentes y otras actividades deportivas.

    4) Programas de actividades deportivas en Centros Especializados de Alto Rendimiento cuya titularidad o gestión corresponda a las Comunidades Autónomas.

    Se podrán subvencionar a la Federaciones Españolas actividades deportivas que se realicen en los Centros clasificados por el CSD como CEAR y cuya titularidad y/o gestión corresponda a las CC.AA., teniendo como prioridad financiar gastos de las concentraciones de las Federaciones Deportivas Españolas en estos centros.

    Segundo. Normativa aplicable.

    La concesión de subvenciones prevista en esta convocatoria se regirá por la presente Resolución; por la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y por las demás normas vigentes que resulten aplicables.

    En todos los aspectos no contemplados o detallados por la normativa citada en el párrafo anterior, se aplicarán de forma supletoria o complementaria las instrucciones contenidas en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD para 2015.

    Tercero. Cuantía e imputación presupuestaria.

    El importe máximo de las subvenciones que se podrán conceder con cargo a la presente convocatoria tiene carácter estimado, tomando como referencia los importes previstos en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015.

    Las cuantías que se adjudiquen finalmente vendrán determinadas por la dotación que dichos Presupuestos asignen al Consejo Superior de Deportes en cada una de las siguientes aplicaciones presupuestarias y que a fecha de convocatoria son los siguientes:

    a) Para la consecución de los objetivos señalados en el apartado I del artículo primero:
    336A-483.01 (12.11) A Federaciones Deportivas Españolas para actividad nacional e internacional (hasta 25 millones de euros). A Federaciones Deportivas Españolas Unideportivas con especialidades paralímpicas integradas (hasta 100.000 €). (En el caso de que no se consuma el crédito asignado a una finalidad, podrá reasignarse el remanente a la otra).
    b) Para las ayudas a deportistas españoles por resultados deportivos de 2014 indicadas en el apartado II del artículo primero:
    336A-483.04 (12.11) Para ayudas a deportistas por resultados obtenidos (hasta 560.000 €).
    c) Para los programas específicos recogidos en el apartado III del artículo primero:
    322K-484.01 (14.11) A Federaciones Deportivas Españolas para el Programa Nacional de Tecnificación Deportiva y Promoción Deportiva (hasta 700.000 €).
    336A-781.01 (14.11) A Federaciones Deportivas Españolas para instalaciones deportivas y equipamientos de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación (hasta 175.000 €).
    336A 483.01 (14.11) A Federaciones Deportivas Españolas para gestión y actividades de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación (hasta 560.000 €).

    No será necesaria una nueva convocatoria para la concesión de cuantías adicionales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2, letra a) punto 4.º del Reglamento de la Ley de subvenciones.

    Cuarto. Requisitos de los beneficiarios.

    1) Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas por medio de la presente resolución aquellas FFEE que además de plantear proyectos encuadrados en alguno de los objetos que persigue la convocatoria, cumplan los siguientes requisitos:

    a) Su ámbito ordinario de actividad abarque alguna de las modalidades, especialidades, pruebas, y actividades deportivas, integradas en las FFEE, que se indican como subvencionables en el Catálogo, incluido como Anexo I de la presente convocatoria.

    b) Hayan aprobado por medio de sus órganos de gobierno, la aplicación del Código de Buen Gobierno que constituye el anexo II de la Resolución de 28 de noviembre de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a la federaciones deportivas españolas para el año 2014 (BOE de 5 de diciembre).

    c) Se encuentren al corriente con el CSD en la amortización de préstamos anteriores y pago de los intereses respectivos, según el punto 1.b) de la disposición adicional cuadragésima quinta de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2012. El cumplimiento de tales condiciones se...

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