Resolución de 17 de julio de 2018, conjunta de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal de los atrasos correspondientes al incremento del 1,5 por ciento y al incremento adicional del 0,25 por ciento previstos en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018.

MarginalBOE-A-2018-10123
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Política Territorial y Función Pública
Rango de LeyResolución

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, autoriza en su artículo 18.dos un aumento del 1,5 por ciento de las retribuciones del personal del Sector Público, con efectos de 1 de enero de 2018. Además, establece un incremento adicional del 0,25 por ciento, con efectos de 1 de julio de 2018, para el supuesto de que el incremento del Producto Interior Bruto (PIB) a precios constantes en 2017 alcance o supere el 3,1 por ciento.

Por otra parte, la Ley 6/2018 establece las cuantías de las retribuciones del sector público estatal en las que sólo se refleja el incremento del 1,5 por ciento, pero no las que se derivan del porcentaje adicional de incremento, que estaba supeditado al cumplimiento de las condiciones que señala la Ley y a su aprobación por el Consejo de Ministros, lo que se ha producido con fecha 13 de julio de 2018. Una vez que resulta de aplicación este aumento adicional, se ha considerado oportuno que las cuantías correspondientes, aplicado el citado incremento, estén accesibles en el Portal de la Administración Presupuestaria.

En cuanto al personal laboral del sector público estatal, la aplicación efectiva del aumento general del 1,5 por ciento y del adicional del 0,25 por ciento, queda demorada a la autorización de la masa salarial y posterior negociación colectiva en los supuestos en que resulta necesario en virtud de las previsiones de la Ley.

Por ello, con el fin de facilitar la confección de las nóminas de los altos cargos, personal directivo y demás personal para el que la Ley autoriza de forma directa la aplicación de los aumentos señalados, se ha considerado oportuno dictar las siguientes instrucciones, en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

  1. Personal funcionario y estatutario

    1. Personal que no haya cambiado de destino durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el último día del mes anterior al del pago de los atrasos. Los atrasos correspondientes al incremento del 1,5 por ciento y al 0,25 se liquidarán de oficio por el Ministerio, Organismo o entidad en que se encuentre prestando servicio el interesado en dicho día.

    2. Personal que durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el último día del mes anterior al del pago de los atrasos haya cambiado de destino dentro del sector público estatal, con o sin variación de la naturaleza jurídica de la relación de servicios. Los atrasos se liquidarán por el centro que...

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