Resolución de 17 de julio de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, para la inscripción en el Registro Central de Personal del personal de las universidades públicas.

MarginalBOE-A-2017-9285
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyResolución

El artículo 71 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que cada Administración Pública constituirá un Registro en el que se inscribirán los datos relativos al personal contemplado en los artículos 2 y 5 de dicho Estatuto y que tendrá en cuenta las peculiaridades de determinados colectivos.

El Reglamento del Registro Central de Personal (Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Registro Central de Personal y las normas de coordinación con los de las restantes Administraciones públicas) incluye en su artículo 5.2 en el ámbito registral del mismo al personal perteneciente a los Cuerpos Docentes Universitarios regulados por el Estado. Por su parte, el artículo 5.3 del Reglamento del Registro Central de Personal prevé la posibilidad de celebrar convenios a fin de acordar la inscripción del resto del personal de las Universidades públicas.

Con fecha 13 de marzo de 2017 se firmó un convenio entre esta Secretaría de Estado y la Presidencia de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas que tiene como objeto regular los términos conforme a los cuales el Registro Central de Personal, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, inscribirá al personal de las Universidades públicas que se adhieran a este convenio.

Procede por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la publicación del citado convenio en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de julio de 2017.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado Martínez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA) Y LA CONFERENCIA DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CENTRAL DE PERSONAL DEL PERSONAL DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS

En Madrid, a 13 de marzo de 2017.

REUNIDOS

De una parte, doña Elena Collado Martínez, Secretaria de Estado de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, nombrada para dicho cargo por Real Decreto 437/2016, de 11 de noviembre, en nombre y representación del mencionado Ministerio, en el ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 62.2. g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, don Segundo Píriz Durán, Presidente de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (en adelante, Crue Universidades Españolas), con sede en la plaza de las Cortes 2, planta 7, 28014 Madrid y NIF G81093072, en virtud de las competencias que le atribuyen los Estatutos de dicha asociación.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio y en su virtud,

EXPONEN

  1. Que el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que cada Administración Pública constituirá un Registro en el que se inscribirán los datos relativos al personal contemplado en los artículos 2 y 5 de dicho Estatuto y que tendrá en cuenta las peculiaridades de determinados colectivos.

  2. Que el artículo 5.2 del Reglamento del Registro Central de Personal (Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Registro Central de Personal y las normas de coordinación con los de las restantes Administraciones públicas) incluye en el ámbito registral del mismo el personal perteneciente a los Cuerpos Docentes Universitarios regulados por el Estado.

  3. Que el artículo 5.3. del Reglamento del Registro Central de Personal prevé la posibilidad de celebrar convenios a fin de acordar la inscripción del resto del personal de las Universidades públicas.

  4. Que en base al citado artículo 5.3 del Reglamento del Registro Central de Personal, el 30 de agosto de 2011 se firmó una Adenda al Convenio para la Prestación Mutua de Servicios de Administración Electrónica...

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