Resolución de 15 de diciembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 2 de diciembre de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal.

MarginalBOE-A-2020-17014
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Rango de LeyResolución

El Presidente del Instituto Nacional de Estadística y la Directora General de Cooperación Autonómica y Local, han firmado una Resolución de 2 de diciembre de 2020, por la que se modifica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal.

Para general conocimiento, dispongo su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 15 de diciembre de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO Resolución de 2 de diciembre de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal El objeto de la presente Resolución es la modificación de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal, con el fin de atender la Recomendación del Defensor del Pueblo para que se contemple un supuesto específico de empadronamiento en el caso de las víctimas de violencia de género que, viviendo de hecho en el municipio, no puedan facilitar el domicilio real por razones de seguridad.

La institución del Defensor del Pueblo trasladó al Ministerio de Política Territorial y Función Pública la problemática originada con el empadronamiento de mujeres víctimas de violencia de género que se encuentran en residencias, pisos tutelados o casas de acogida, competencia de las Comunidades Autónomas. Al priorizar las Comunidades Autónomas la seguridad de las víctimas, en ocasiones no les permiten revelar el domicilio de las casas o pisos de acogida, lo que impide su empadronamiento en los municipios donde efectivamente residen, y con ello el acceso a los servicios municipales, lo que se agrava cuando hay menores en edad de escolarización. Por ello, a fin de solventar esta situación, el Defensor del Pueblo efectúa la Recomendación de que se inicien las...

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