Resolución de 15 de diciembre de 2020, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se habilitan trámites y actuaciones a través del canal telefónico, mediante determinados sistemas de identificación.

MarginalBOE-A-2020-16674
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución

El desarrollo de las tecnologías de la información y de la comunicación ha venido afectando profundamente a la forma y al contenido de las relaciones de la Administración con los ciudadanos.

En cumplimiento de las directrices emanadas de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos que hoy se recogen en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Agencia Estatal de Administración Tributaria ha ido ampliando progresivamente los servicios de información y asistencia disponibles para los ciudadanos a través de los canales de acceso previstos en la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 28 de diciembre de 2009, por la que se crea la sede electrónica y se regulan los registros electrónicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Dicha Resolución prevé en su apartado cuarto.1, que los canales de acceso a los servicios electrónicos de la Agencia Tributaria serán: el acceso electrónico, a través de su sede electrónica; la atención presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria, conforme a las competencias definidas en las normas de organización administrativa; y la atención telefónica o a través de servicios de mensajería cortos (SMS), cuando así se prevea y mediante los servicios correspondientes.

El Plan Estratégico de la Agencia Tributaria para 2020-2023, publicado en el Portal de internet de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha establecido los objetivos de carácter prioritario y las líneas de actuación para lograrlos, definiendo el camino a recorrer en el futuro para adecuarse a los cambios y demandas del entorno y para lograr la mayor eficiencia, eficacia y calidad en los servicios que la Agencia provee, incidiendo en el fomento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.

En el ámbito de las funciones de información y asistencia del área de Gestión Tributaria y teniendo en cuenta el control extensivo que dicha área realiza, resulta necesario avanzar hacia un nuevo modelo de información y asistencia que priorice el uso de las nuevas tecnologías frente a los medios tradicionales de asistencia presencial, con el fin de dar servicio al mayor número de ciudadanos. Al mismo tiempo, se pretende facilitar la relación con la Administración a los colectivos de ciudadanos menos familiarizados con las tecnologías de la información y comunicación...

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