Resolución de 14 de febrero de 2016, de Puertos del Estado, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Autoridad Portuaria de Almería, para la ejecución de nuevos trabajos asociados al Proyecto SAMOA.

MarginalBOE-A-2017-2949
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Con fecha 11 de enero de 2017 fue suscrito, previa tramitación correspondiente el Convenio de colaboración entre el Organismo Público Puertos del Estado y la Autoridad Portuaria de Almería, para la ejecución de nuevos trabajos asociados al Proyecto SAMOA.

En cumplimiento de lo dispuesto en al apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio de colaboración, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 14 de febrero de 2017.–El Presidente de Puertos del Estado, José Llorca Ortega.

ANEXO. Convenio de colaboración entre el Organismo Público Puertos del Estado y la Autoridad Portuaria de Almería, para la ejecución de nuevos trabajos asociados al Proyecto SAMOA

En Madrid, a 11 de enero de 2017.

COMPARECEN

De una parte, el Organismo Público Puertos del Estado, en adelante Puertos del Estado, con CIF Q2867022B domiciliado en Madrid, Campo de la Naciones, avenida del Partenón, 10; y en nombre y representación del mismo el Presidente del citado Organismo Público, don José Llorca Ortega, en el ejercicio de facultades conferidas por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante («BOE» núm. 253 de 20 de octubre) y de conformidad con su nombramiento según Real Decreto 234/2012, de 23 de enero («BOE» núm. 20 del 24).

De otra parte, doña Trinidad Cabeo Rodríguez, en calidad de Presidenta de la Autoridad Portuaria de Almería, cuyo domicilio social radica en Almería, calle Muelle de Levante, s/n, con CIF Q0400106A, en el ejercicio de facultades conferidas por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante («BOE» núm. 253 de 20 de octubre), y en virtud de su nombramiento por Decreto 120/2007, de 17 de abril, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía («BOJA» núm. 78, del 20, y Orden FOM/1110/2007, de 20 de abril («BOE» número 101 del 27

MANIFIESTAN

Primero.

Que Puertos del Estado es un organismo de derecho público cuyas competencias se establecen en el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (en lo sucesivo Ley de Puertos).

Segundo.

Que el artículo 17) de la mencionada Ley de Puertos establece que:

A Puertos del Estado le corresponde (…)

c) la formación, la promoción de la investigación y el desarrollo tecnológico en materias vinculadas con la economía, gestión, logística e ingeniería portuarias y otras relacionadas con la actividad que se realiza en los puertos, así como el desarrollo de sistemas de medida y técnicas operacionales en oceanografía y climatología marinas necesarios para el diseño, explotación y gestión de las áreas y las infraestructuras portuarias.

Tercero.

Que Puertos del Estado mantiene una serie de redes de medida de parámetros océano-meteorológicos (boyas, correntímetros, radares y mareógrafos) así como sistemas de previsión numérica basados en el modelado numérico.

Cuart...

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