Resolución de 11 de octubre de 2017, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el calendario y las características del procedimiento competitivo de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad regulado en la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, para el periodo de entrega comprendido entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2018.

MarginalBOE-A-2017-11909
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Rango de LeyResolución

La Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, desarrolla un mecanismo competitivo de asignación del recurso interrumpible puesto a disposición del sistema eléctrico a través de un procedimiento de subastas gestionado por el operador del sistema.

Según lo dispuesto en el artículo 5.1 de la orden, en el procedimiento de subasta existirán dos productos diferenciados con diferente potencial de reducción y disponibilidad.

Con carácter general, según establece el artículo 5.2, el periodo de entrega será el coincidente con la temporada eléctrica, que comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año.

En el artículo 4 de la mencionada orden se determina que con anterioridad al inicio del procedimiento de subastas, el operador del sistema remitirá a la Secretaría de Estado de Energía y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia propuesta justificada del requerimiento de potencia interrumpible para el siguiente periodo de entrega.

La Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, resolverá teniendo en cuenta la propuesta del operador del sistema y el informe emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, determinando al menos los siguientes aspectos:

  1. El rango de cantidades a adjudicar para cada subasta y tipo de producto.

  2. El precio de salida, que será fijado tras el análisis de la cantidad de recurso interrumpible.

  3. Las reglas a aplicar en la subasta.

  4. La fecha de realización de cada subasta.

  5. El período de entrega de la potencia interrumpible.

    Con fecha 5 de agosto de 2016 fue aprobada la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueban las reglas del procedimiento competitivo de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad y el modelo de adhesión al marco legal establecido para la participación en las subastas.

    El 14 de julio de 2017 tuvo entrada en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, escrito del operador del sistema que recoge, al amparo de lo dispuesto en los artículos 4.2 y 12.3 de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, entre otros aspectos, propuestas de requerimiento de potencia interrumpible y calendario de hitos a realizar para la temporada eléctrica 2018.

    La referida propuesta fue complementada por el operador del sistema mediante escrito de fecha 10 de octubre de 2017, en respuesta a la solicitud de información adicional requerida por la Dirección General de Política Energética y Minas, a la vista de lo expuesto en el informe de la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia el 28 de julio de 2017 denominado «Acuerdo por el que se emite informe sobre la propuesta del operador del sistema relativa a las subastas de interrumpibilidad para la temporada eléctrica 2018».

    A la vista de la propuesta del operador del sistema y del informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la presente resolución establece determinadas...

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